¿No lo sabías? la destrucción de nidos de especies protegidas es un delito

La destrucción de nidos de especies protegidas supone un delito según el artículo 334 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal que puede llegar a tener hasta una pena de prisión de seis meses a dos años. Actualmente, hay abiertas varias investigaciones por ello y la Guardia Civil ha aumentado el control sobre este tipo de delito contra la fauna.

Jóvenes de cernícalo primilla, tras volar por sí mismos y abandonar el nido, en el tejado de un primillar. Foto: GREFA.

La colaboración ciudadana es clave para identificar la destrucción de nidos, que se produce en la mayoría de los casos, por las molestias o conflictos relacionados con la suciedad o el ruido que pueden ocasionar el avión común, la golondrina común, el vencejo común y el pálido y la cigüeña blanca.

De los cientos de casos recibidos, 36 han sido denunciados por SEO/BirdLife en los últimos siete años, en relación a las especies descritas, por su especial gravedad. De ellos únicamente dos finalizaron con una sanción administrativa y no le consta a la organización otras sanciones o resoluciones de reparación del daño por parte de las administraciones competentes o tribunales.

Impunidad ante este delito

“Es necesario aumentar el control de este delito y hacer un buen seguimiento de las investigaciones, por lo que apoyamos todas las actuaciones que se están desarrollando desde la Guardia Civil, ya que todos estos casos cuentan con un alto grado de impunidad”, declara David De la Bodega, responsable del Programa Legal de SEO/BirdLife que subraya que: “se trata de especies protegidas por leyes europeas, nacionales y por convenios internacionales como son la Directiva Europea de Aves, la Ley 42/2007, de Patrimonio Natural y Biodiversidad, Convenio de Especies Migratorias y el Convenio de Berna”.

Entre los meses de marzo y septiembre, y predominantemente en entornos urbanos, SEO/BirdLife recibe cientos de notificaciones ciudadanas por la destrucción de nidos o molestias en época de reproducción de estas especies protegidas.

“Las aves aportan múltiples beneficios al ser humano, pero su presencia genera en algunas ocasiones molestias y conflictos que, en la mayoría de los casos, tienen soluciones sencillas”, apunta Beatriz Sánchez, responsable del programa de Biodiversidad Urbana de SEO/BirdLife y añade: “Muchas veces por desconocimiento, estos conflictos acaban en la destrucción de nidos de aves que, tras sobrevivir a largas travesías de vuelta a sus lugares de cría, se encuentran sin sus nidos o sufren la pérdida de sus huevos o pollos”.

La destrucción de nidos y desaparición de lugares de cría es una de las causas identificadas por los expertos del declive de estas aves, que se suma a la pérdida de hábitats adecuados para la nidificación y la intensificación agrícola asociada al uso excesivo de insecticidas, que ha reducido en buena medida su fuente de alimentación.

Los aviones y las golondrinas construyen sus nidos con barro en aleros, esquinas o porches, mientras que los vencejos utilizan huecos, grietas y rendijas en los edificios de cierta altura para ubicar sus nidos. Utilizan preferentemente edificios antiguos, que están desapareciendo o siendo sustituidos por otros nuevos que raramente ofrecen lugares aptos para la nidificación de estas aves. Por otra parte, en las obras de reforma o rehabilitación de edificios o monumentos muchas veces se destruyen los nidos o colonias con total impunidad y raramente se tienen en cuenta criterios adecuados para que estas aves vuelvan a encontrar lugares de nidificación idóneos.

La excepcionalidad

La eliminación o destrucción de nidos de estas especies es una práctica ilegal y solo puede hacerse recurriendo a una autorización administrativa previa del órgano ambiental competente. Las autorizaciones solo se pueden conceder de manera excepcional y de forma justificada, después de haber cumplido una serie de criterios estrictos y únicamente si no existe una alternativa satisfactoria, que en la mayoría de los casos son aplicables.

En todo caso, las autorizaciones, que conceden los órganos competentes de las comunidades autónomas o sus delegaciones territoriales, deben respetar el periodo de cría de las especies. Y si realmente hay que retirar un nido por motivos de seguridad, deben ofrecerse alternativas viables para la nidificación de esta especie.

Soluciones

Frente a las posibles molestias descritas anteriormente y que podrían ser el origen del conflicto, existen soluciones viables para conciliar la presencia y reproducción de las aves con la conservación del patrimonio y la convivencia con las personas.

El problema de la suciedad producida por las golondrinas o aviones comunes se puede paliar con la colocación de una simple balda o bandeja de protección bajo los nidos. Para paliar los problemas de ruido, una posible solución es colocar placas de insonorización que disminuyan los dB hasta llegar a los valores aceptados por la normativa. En el caso de las cigüeñas existe la posibilidad de instalar postes en las inmediaciones de ríos o arroyos cercanos, donde se puedan colocar nidos artificiales o la instalación de plataformas metálicas en los edificios e iglesias que albergan a las cigüeñas, o reducir el peso de los nidos eliminando parte de las ramas que acumulan los padres cada año.

Aurora Cancela Pérez
Aurora Cancela Pérezhttps://www.cronicanorte.es
Aurora Cancela Pérez, periodista, licenciada en Ciencias de la Información y vecina de Colmenar Viejo. Es redactora en Crónica Norte desde 2017. Apasionada de la información local y los viajes.

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