La Concejalía de Hacienda del Ayuntamiento de Colmenar Viejo recuerda a las familias numerosas de la localidad que desde el pasado 1 de enero y hasta el próximo 28 de febrero está abierto el plazo para solicitar bonificaciones en el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI). La Ordenanza establece las bonificaciones por tramos. Así, un inmueble con un valor catastral de la vivienda habitual de hasta 120.000 € tendrá una bonificación máxima del 50%; para las que tengan una valoración de entre 120.000, 01 y 180.000 €, hasta un 40%; entre 180.000,01 y 240.000 €, como máximo un 30%; y entre 240.000,01 y 300.000 €, hasta un 20%.
La Concejalía de Hacienda del Ayuntamiento de Colmenar Viejo recuerda a las familias numerosas de la localidad que desde el pasado 1 de enero y hasta el próximo 28 de febrero está abierto el plazo para solicitar bonificaciones en el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI).
Tal y como contempla la Ordenanza municipal reguladora del IBI, el límite de la valoración catastral de las viviendas bonificables es de 300.000 €.
La Ordenanza establece las bonificaciones por tramos. Así, un inmueble con un valor catastral de la vivienda habitual de hasta 120.000 € tendrá una bonificación máxima del 50%; para las que tengan una valoración de entre 120.000, 01 y 180.000 €, hasta un 40%; entre 180.000,01 y 240.000 €, como máximo un 30%; y entre 240.000,01 y 300.000 €, hasta un 20%.
La forma de calcular la bonificación familiar es directamente proporcional a las personas que integran la familia numerosa, de tal forma que es más beneficiada la familia que tiene más miembros.
“El IBI es quizá el impuesto que más pesa en las economías domésticas y más si hablamos de hogares con familias numerosas, por eso es muy importante no olvidar el plazo límite para pedir estas bonificaciones que suponen un ahorro notable para este tipo de familias”, recalca la Concejala de Hacienda colmenareña, Belén Colmenarejo, quien recuerda que los impresos se solicitud están a disposición de los interesados en la página web municipal