Soto del Real celebró los 450 años de historia como localidad independiente

El pasado 31 de diciembre de 2018, mientras el resto del mundo celebraba la noche vieja, el fin de año, los sotorrealeños además celebraban los 450 años de la declaración de Chozas de la Sierra como villa independiente del Real de Manzanares. 

© diegofernandez1991

El 31 de diciembre de 1568, el monarca Felipe II concede la carta de privilegio a Chozas y, con ella, la segregación jurisdiccional de la villa de Manzanares. A partir de aquí nuestro pueblo puede elegir sus propios órganos gubernativos. Además, se dota en ese momento a la villa de las insignias de jurisdicción propias: horca y picota, cuchillo, cárcel y cepo.

Esto no significa que antes de 1568 Chozas no dispusiese de autoridades locales, puesto que prácticamente desde la fundación de los concejos los vecinos creaban sus propias instituciones de gobierno. Sin embargo, sus funciones estaban más limitadas y solo podían resolver asuntos vecinales sin demasiada trascendencia.

Emancipación de las villas del Real de Manzanares

Durante la Edad Moderna se produjo un proceso de emancipación de los pueblos que conformaban las comunidades de villa y tierra, alentado por la monarquía, que buscaba por esta vía recaudar fondos para aliviar su permanente crisis económica.

De los veintidós pueblos que conformaban en el siglo XVI el Real del Manzanares, el nuestro fue de los primeros en adquirir el título de villa tras Colmenar Viejo (1504) y Galapagar, Guadalix de la Sierra y Porquerizas (actual Miraflores de la Sierra), que lo consiguieron el 24 de diciembre de 1523 por concesión de Carlos I.

El precio al que hicieron frente nuestros antepasados por obtener el título no fue excesivamente elevado. En la carta de privilegio se declara que la villa tiene de 80 a 90 vecinos y que tienen que pagar 7.500 maravedíes cada uno, lo que nos da una cantidad de 600.000 a 675.000, según el número de vecinos que tomemos. Sin embargo, el montante real fue tan solo de 120.000 maravedíes, muy por debajo de lo que en teoría debía pagar, pero que satisfizo a Felipe II, como se encarga de afirmar “de que me doy por contento y pagado a toda mi voluntad”.

Estructura del gobierno concejil

A partir de 1568 las autoridades municipales asumían el poder local, si bien por encima de ellos se encontraba la figura del gobernador del Real y Condado de Manzanares, elegido por los duques del Infantado. Era el representante de estos en las villas y los lugares pertenecientes al Condado, y como tal ejercía la máxima autoridad, tanto judicial como gubernativa. Los representantes municipales, no obstante, contaban con las siguientes atribuciones:

Alcaldes ordinarios: eran los responsables máximos en el Ayuntamiento y desempeñaban la jurisdicción ordinaria en primera instancia. Presidían las reuniones del concejo, eran los responsables últimos de las obligaciones fiscales de los vecinos, se encargaban de hacer cumplir las leyes y las ordenanzas municipales.

Regidores: colaboraban con los anteriores y además se responsabilizaban del abastecimiento del municipio y de los asuntos económicos.

Procurador síndico general: tenía una importancia capital, ya que también era el representante de los concejos
ante los tribunales en los pleitos en que estos se veían inmersos.

Aurora Cancela Pérezhttps://www.cronicanorte.es
Aurora Cancela Pérez, periodista, licenciada en Ciencias de la Información y vecina de Colmenar Viejo. Es redactora en Crónica Norte desde 2017. Apasionada de la información local y los viajes.

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