La Concejalía Seguridad Ciudadana y Movilidad, en colaboración con la DGT, comienza el 2 de agosto una campaña de control de alcoholemia y drogas en la conducción. Tiene la finalidad de concienciar, prevenir y evitar posibles accidentes de tráfico asociados al consumo de bebidas alcohólicas o sustancias estupefacientes.
Las fechas en las que se llevarán a cabo estos controles serán del 2 al 8 de agosto, en diferentes ubicaciones del municipio, así como en carreteras interurbanas, y en horarios aleatorios.
Evitar muertes al volante
El alcohol y las drogas siguen teniendo una gran influencia en las cifras de siniestralidad vial en España. Un 43,4 por ciento de los conductores fallecidos en carretera en 2018 habían bebido o tomado alguna sustancia estupefaciente. Pero el alcohol sigue siendo de lejos la sustancia más detectada en los conductores fallecidos en carretera.
Muchos conductores desconocen cuáles son las tasas máximas de alcohol permitidas al volante o las multas que puede acarrear conducir bajo los efectos del alcohol. Aquí te las recordamos.
Tasas máximas de alcohol permitidas
Conducir con una tasa de alcohol en aire espirado superior a 0,25 mg/l y hasta 0,50 mg/l supone una multa de 500 euros y la retirada de 4 puntos del carné de conducir.
En el caso de que el conductor ya hubiera sido sancionado en el año anterior o circule con una tasa superior al doble de la permitida, la multa económica será de 1.000 euros, además de la retirada de 6 puntos del carné.
En el caso de conducir con una tasa de alcohol superior a 0,60 mg/l en aire espirado o conducir con tasas inferiores si se acredita que se circula bajo la influencia del alcohol, la pena será de prisión de 3 a 6 meses o multa de 360 a 144.000 euros o trabajo en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días. Además, te pueden retirar el carné por un periodo de un año y un día a 4 años.