Vecinos X Algete denuncia una posible «grieta» en la protección legal ferrea que tienen los caminos públicos

Los caminos públicos en España son inembargables, inalienables e imprescriptibles,

En el mundo del derecho y la administración, a veces una sola palabra dar pie a interpretaciones legales. Los colectivos sociales, liderados por el partido local Vecinos por Algete, la Plataforma Ecologista Madrileña y la FRAVM, han dado la alarma tras detectar lo que califican como un cambio «encubierto» en la normativa regional. La controversia se centra en el Anteproyecto de Ley de medidas urgentes para el incremento de la oferta de vivienda con protección pública, un texto que según estas organizaciones, bajo la apariencia de fomentar el acceso al hogar, esconde una reforma del artículo 25 de la Ley de Vías Pecuarias de Madrid.

Hasta ahora, la ley obligaba a que estos senderos históricos fueran «clasificados» en el planeamiento urbanístico como suelo no urbanizable de protección. Sin embargo, la nueva propuesta pretende cambiar ese término por el de «contemplar» esa protección. Para el ciudadano de a pie puede parecer un detalle menor, pero para los expertos de estas organizaciones es una grieta que hay que vigilar, mientras que «clasificar» es un mandato jurídico ineludible, «contemplar» es una fórmula vaga que podria eliminr las garantías de preservación frente a la presión del asfalto y el ladrillo. Aunque la legislación nacional y la jurisprudencia siempre ha sido muy clara a lo largo de los años: «Los caminos públicos en España son inembargables, inalienables e imprescriptibles, al formar parte de los bienes de dominio público (o demaniales)»

El blindaje de la Constitución: Lo que es de todos no se puede vender

Es fundamental que el ciudadano sepa que, sobre el papel, nuestros caminos públicos disfrutan de una protección de «hierro». El artículo 132.1 de la Constitución Española establece tres principios sagrados para los bienes de dominio público:

  • Inalienabilidad: Significa que no se pueden vender, ceder ni regalar a manos privadas.
  • Imprescriptibilidad: Es decir, que no importa cuántos años un particular cierre un camino con una valla; el paso del tiempo no le da la propiedad.
  • Inembargabilidad: Ningún juez puede embargar un camino público para pagar una deuda.

Este blindaje constitucional se refuerza con la Ley 3/1995 de Vías Pecuarias a nivel estatal, que define estas rutas como bienes de la comunidad cuya conservación es una obligación legal ineludible. El problema surge cuando, a nivel regional, se intenta relajar la forma en que estos principios se aplican en los planes de urbanismo, creando una inseguridad jurídica que solo beneficia a quienes buscan urbanizar donde hoy hay naturaleza.

El caso de Algete

Este municipio madrileño posee una red de vías pecuarias clasificada desde mediados de los años 60, con anchuras que oscilan entre los 5 y los 20 metros. No son simples caminos de tierra; son arterias como la «Colada del Fresno, las Navas y Torrecilla», que sirven de nexo entre puntos emblemáticos como el Abrevadero del Cigarral y el arroyo de «La Cerrada» por poner algunos ejemplos.

Hoy en día, estos espacios de dominio público han dejado de ser exclusivos para las ovejas para convertirse en auténticos pulmones recreativos. Vecinos y visitantes los recorren a diario practicando senderismo en rutas como la Dehesa de Prado Norte o el camino del Espinar. Si la reforma prospera, estos corredores ecológicos, que enlazan zonas agrícolas y garantizan la biodiversidad, podrían verse fragmentados o asfixiados por nuevos desarrollos urbanísticos según denuncia Vecinos X Algete

¿Cuándo deja un camino de ser público? El riesgo de la desafectación

Mucha gente se pregunta si existe alguna rendija legal para que un camino deje de ser de todos. La respuesta es sí, pero el proceso es —o debería ser— extremadamente riguroso. Se llama desafectación. Este acto administrativo solo puede ocurrir cuando un bien de dominio público pierde su uso o servicio público de forma definitiva.

Si un camino se desafecta, pasa a ser un «bien patrimonial» de la administración, y solo en ese estado podría ser enajenado. El temor de los colectivos de Algete y de la FRAVM es que, al debilitar la terminología en la ley de vivienda, se esté facilitando un proceso de degradación administrativa. Si el urbanismo deja de «clasificar» obligatoriamente el camino como protegido, es mucho más sencillo argumentar en el futuro que ese trazado ya no sirve para nada y, por tanto, puede ser urbanizado.

Un pulso entre el asfalto y la naturaleza que llega al Ministerio

La movilización no se ha quedado en las redes sociales. Vecinos por Algete y la Plataforma Ecologista Madrileña ya han enviado escritos al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. Su petición es clara: que el Gobierno central intervenga para frenar lo que consideran un ataque a la coherencia del sistema estatal de protección ambiental.

«Aprovechar una ley de vivienda para alterar la protección de las vías pecuarias es un cambio encubierto», denuncian estas organizaciones. No se trata de estar en contra de la vivienda pública, sino de cuestionar por qué el crecimiento de las ciudades debe hacerse a costa de eliminar corredores históricos que han sobrevivido siglos. ¿Es realmente necesario sacrificar una cañada real para construir un bloque de pisos cuando existen otros suelos disponibles? Esta es la pregunta que ahora queda en el tejado de la Administración regional y central.

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