Los perros guía tendrán acceso a colegios, comercios y hospitales

Los perros guía de personas con discapacidad podrán entrar en los transportes, comercios, colegios u hospitales de la Comunidad de Madrid. También tendrán garantizado el acceso en los juzgados, locales de ocio o en el lugar de trabajo, entre otros.

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Los perros de asistencia de personas con discapacidad podrán entrar en todos los edificios públicos y privados de la Comunidad de Madrid, en el transporte público, incluidos los taxis y cualquier tipo de transporte colectivo de uso público; los locales y establecimientos comerciales y de ocio; los centros de enseñanza, centros sanitarios y asistenciales, tanto públicos como privados, residencias, hogares y clubes para la atención a personas mayores; almacenes y establecimientos mercantiles, oficinas y despachos de profesionales.

La norma contempla como perros de asistencia, además de los perros guía, los perros señal, adiestrados para avisar a personas con discapacidad auditiva; los perros de servicio, adiestrados para ofrecer apoyos en actividades de la vida diaria a personas con discapacidad física; los perros entrenados para avisar de una alerta médica a personas que padecen discapacidad y crisis recurrentes con desconexión sensorial derivadas de una enfermedad específica, como diabetes, epilepsia u otra enfermedad orgánica y, por último, los perros adiestrados para dar servicio a personas con trastornos del espectro autista.

Otros lugares donde podrán acceder los perros guía

Los perros de asistencia para personas con discapacidad también podrán entrar en establecimientos hoteleros, albergues, campamentos, bungalows, apartamentos, ciudades de vacaciones, balnearios, camping y cualquier otro destinado a proporcionar, mediante precio, habitación o residencia para personas.

Además, las instalaciones deportivas, incluidas las piscinas hasta el margen de la zona de agua. Además, podrán acceder a lugares y espacios privados de uso colectivo como zonas e instalaciones comunes de los edificios, fincas o urbanizaciones; dependencias e instalaciones de clubes, sociedades recreativas y cualesquier entidad titular de actividades deportivas, culturales, turísticas, de ocio y tiempo libre.

Perro de asistencia en el trabajo

Asimismo, también podrán acceder con su perro de asistencia a su puesto de trabajo. La empresa deberá adoptar, si lo solicita la persona usuaria, aquellas medidas que faciliten la adaptación de su entorno laboral a la presencia del perro de asistencia.

La persona con discapacidad que lleve su perro de asistencia en el trabajo tiene derecho a acceder con el animal a todos los espacios de la empresa y no puede ser discriminada en los procesos de selección laboral ni en el desempeño de su tarea profesional.

Distintivo oficial para reconocer a los perros de asistencia 

Todos los perros de asistencia reconocidos por la Comunidad de Madrid deberán portar en el collar un distintivo oficial expedido por la Administración regional. Asimismo, se entregará a los usuarios un carné acreditativo que identifique a cada usuario y a su perro con el objetivo de facilitar el ejercicio del derecho de acceso.

Angel Sánchez Carbonell
Angel Sánchez Carbonell
Ángel Sánchez Carbonell - Director de Crónica Norte. Desde hace 34 años dedicado profesionalmente a la información y entretenimiento (TVE, Onda Cero, Tele Cinco, COPE...) Pero ante todo: un enamorado de la geografía de la península Ibérica. Montañero y aficionado a la gastronomía y la enología. Cuando la vida me lo permite señalizo caminos naturales como Técnico de Senderos de la Escuela Española de Alta Montaña. (EEAM) Pero sobre todo me pierdo por ellos...

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