La Junta Electoral ordena retirar un número del Sietedías, la revista municipal de Alcobendas

El organismo considera que sus contenidos sobre vivienda incumplen la normativa electoral y requiere a la alcaldesa, Rocío García Alcántara, que retire publicaciones relacionadas de sus redes sociales

La Junta Electoral de Zona de Colmenar Viejo ha estimado la reclamación del PSOE de Alcobendas por determinados contenidos de la revista municipal SieteDíaS y su difusión en redes sociales durante el periodo electoral.

El acuerdo, fechado el 20 de octubre de 2026, declara que la edición y difusión de los contenidos examinados del número 1.782 de la revista, publicado el 9 de octubre, vulneraron el artículo 50.2 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG).

Banner publicitario

La resolución requiere al Ayuntamiento que cese la distribución y el buzoneo de ese número, retire los ejemplares que permanezcan disponibles en los puntos de reparto y elimine de los canales municipales la versión digital que incluya los contenidos cuestionados. También exige retirar las publicaciones en redes sociales que reproduzcan o promocionen esos mensajes, incluidas las identificadas en el perfil de Instagram de la alcaldesa.

Los contenidos sobre vivienda, en el centro de la resolución

La denuncia del PSOE se centró en la portada y las páginas 4 a 7 de la revista municipal, que incluían información sobre promociones de vivienda, actuaciones realizadas y proyectos futuros del Gobierno local. La reclamación también hacía referencia a publicaciones relacionadas en redes sociales institucionales y en perfiles de Rocío García Alcántara.

Según recoge el acta, la Junta Electoral considera que la presentación conjunta de esas actuaciones, acompañada de recursos gráficos municipales y de la imagen de la alcaldesa, superó los límites de una comunicación neutral durante el periodo electoral.

El acuerdo examina, además, la difusión de una infografía municipal sobre vivienda desde los perfiles de la alcaldesa. Una de las publicaciones incluía la afirmación «En sus 8 años de Gobierno, Pedro Sánchez no ha puesto ni un solo ladrillo en Alcobendas», contrapuesta al mensaje «Nosotros somos un Gobierno serio, riguroso y que cumple».

Para la Junta Electoral, la comparación política con el presidente del Gobierno y la referencia directa a la revista municipal vincularon la información sobre vivienda con un mensaje favorable a la gestión del Ejecutivo local y desfavorable a la del Gobierno central.

revista

Los argumentos presentados por el Ayuntamiento

Durante la tramitación de la reclamación, el Ayuntamiento presentó alegaciones para solicitar que se desestimara. Según recoge el acta, defendió que la revista tenía un carácter ordinario e informativo, que sus contenidos se habían planificado antes de la convocatoria electoral y que la vivienda era una materia de interés público.

También sostuvo que las publicaciones institucionales eran neutrales y alegó que la alcaldesa no era personalmente responsable de la edición de la revista.

La Junta Electoral no consideró que estos argumentos fueran suficientes para descartar la infracción. En su resolución señala que la periodicidad habitual de la publicación, la planificación previa y el interés general de la vivienda no excluyen la aplicación de las restricciones electorales una vez convocados los comicios.

El organismo también analiza la reclamación relativa al artículo 50.3 de la LOREG, sobre actos de inauguración de obras o servicios públicos y de sus proyectos. Sin embargo, concluye que la documentación examinada no acredita de forma autónoma la celebración de un acto de inauguración en los términos previstos en ese apartado.

Por ello, la decisión se fundamenta en el artículo 50.2 de la LOREG y en la Instrucción 2/2011 de la Junta Electoral Central.

revista

Apercibimiento para evitar nuevas publicaciones similares

Además de ordenar la retirada de los contenidos afectados, la Junta Electoral apercibe al Ayuntamiento y a la alcaldesa para que no repitan conductas similares durante el periodo electoral. El acuerdo advierte de que nuevos incumplimientos podrían tener las consecuencias legalmente previstas.

La resolución tiene carácter corrector y preventivo. El propio documento especifica que no impone una sanción ni determina la responsabilidad sancionadora personal de la alcaldesa, que requeriría, en su caso, un procedimiento específico.

La reacción del PSOE de Alcobendas

El PSOE de Alcobendas considera que la resolución respalda sus denuncias sobre el uso de los canales municipales para difundir mensajes políticos. El portavoz socialista y candidato a la Alcaldía, Ángel Sanguino, afirmó en el comunicado del partido: «Llevamos mucho tiempo denunciando que la alcaldesa del PP utiliza las redes sociales institucionales para hacer propaganda política. Ahora la Junta Electoral nos da la razón».

Sanguino también criticó el uso de los recursos públicos y defendió que el Ayuntamiento debe estar al servicio de todos los vecinos. En palabras del portavoz socialista: «el Ayuntamiento no es suyo, es de todos los vecinos y vecinas de Alcobendas».

Los socialistas cuestionan, además, que el Ayuntamiento no haya difundido, según denuncian, información sobre cómo solicitar el voto por correo para las próximas elecciones. En su comunicado, critican esta situación con la siguiente afirmación: «Parece que para la propaganda siempre hay espacio, pero para facilitar información útil a los vecinos, no». Esta última cuestión forma parte de las críticas del PSOE y no figura entre los motivos en los que la Junta Electoral fundamenta su resolución.

El partido ha anunciado que continuará fiscalizando el uso de los recursos municipales y que denunciará nuevas actuaciones que considere contrarias al deber de neutralidad institucional.

Banner publicitario
Paula de Marcos Aragón
Paula de Marcos Aragónhttp://www.cronicanorte.es
Paula de Marcos Aragón, periodista, licenciada en Ciencias de la Información y vecina de Algete. Es redactora en Crónica Norte desde 2021.

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí

spot_img
spot_img
spot_img
spot_img
spot_img
spot_img

Puede Interesarle...

pronto descubrirás aquí algo nuevo...!!!