Colmenar Viejo abre el periodo de solicitud de la bonificación del IBI e informa del Calendario del Contribuyente 2023 a los vecinos

La Concejalía de Hacienda del Ayuntamiento de Colmenar Viejo da a conocer el Calendario del Contribuyente 2023 con el fin de que los vecinos estén informados de la fechas y plazos que tienen para cumplir con las obligaciones fiscales vinculadas a la Administración Local.

Abierto el periodo de solicitud de bonificación del IBI para aquellos inmuebles de uso residencial en los que se hayan instalado sistemas para el aprovechamiento térmico y/o eléctrico. Tendrán derecho a una bonificación del 50% (hasta un máximo de 400 euros de bonificación anual) durante los cuatro períodos impositivos siguientes al de la autorización de dicha bonificación, siempre y cuando se cumplan los siguientes requisitos:
– Que las instalaciones para la producción de calor incluyan colectores que dispongan de la correspondiente homologación por la Administración competente.
– Los sistemas instalados deberán representar al menos el 50% del suministro total de la energía, acreditándose mediante proyecto o memoria técnica.

Otras bonificaciones

Además, también se puede solicitar la bonificación para los vehículos con distintivo ambiental ECO, que es del 50%, y para los cero, que es del 75%. La solicitud de esta bonificación deberá ser instada por el interesado, acompañándola del permiso de circulación y tarjeta de inspección técnica.

Se mantiene el descuento del 5% en los recibos de IBI y IVTM para todo el que solicite el Sistema Especial de Pago (SEP), así como bonificaciones para las familias numerosas y monoparentales, que mantendrán sus ventajas fiscales mientras continúe la situación por la que se les facilita sin tener que repetir solicitudes.

El periodo para cumplir con la Tasa por Entrada de Vehículos (VADO), el Impuesto sobre Gastos Suntuarios (Cotos de caza) y el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) estará abierto del 20 de abril al 20 de octubre. Las domiciliaciones ordinarias se pasarán el 1 de junio. En el caso de los vecinos suscritos al Sistema Especial de Pago (SEP), los dos recibos se pasarán el 20 de abril y el 20 de junio.

El periodo para pagar el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) y el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) estará abierto del 1 de septiembre al 15 de noviembre. Las domiciliaciones ordinarias se pasarán el 1 de octubre.

El IBI también cuenta con el Sistema Especial de Pago (SEP), pasando las domiciliaciones el 30 de junio y el 30 de octubre.

Para disfrutar de estas ventajas del SEP, el vecino solo tiene que solicitarlo en una ocasión, antes del 31 de marzo, para comenzar a beneficiarse de este sistema en ese mismo año en el caso del IBI, y antes del 31 de diciembre de cada año para que se empiece a aplicar en la siguiente liquidación del impuesto en el caso del IVTM.

Por su parte, las familias numerosas pueden solicitar la bonificación del IBI en cualquier momento del año, cerrándose el plazo cada 28 de febrero, sólo en tres casos:
1.- Quien la pida por primera vez.
2.- Aquellos a los que no se les concedió el año pasado porque no la solicitaran, por presentarla fuera de plazo o porque no se les concediera por algún defecto documental (título de familia numerosa que no estuviera en vigor, por ejemplo).
3.- Cuando hayan cambiado las características del título de familia numerosa (cambio de domicilio dentro del término municipal; aumento o disminución del número de miembros de la unidad familiar; renovación del Título de Familia Numerosa).

Aurora Cancela Pérez
Aurora Cancela Pérezhttps://www.cronicanorte.es
Aurora Cancela Pérez, periodista, licenciada en Ciencias de la Información y vecina de Colmenar Viejo. Es redactora en Crónica Norte desde 2017. Apasionada de la información local y los viajes.

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