El alcalde de Colmenar Viejo y presidente del PP local, Jorge García Díaz, sus antecesores Miguel Ángel Santamaría Novoa y José María de Federico Corral y nueve concejales de los diferentes mandatos ya tienen sentencia absolutoria firme tras desestimarse los recursos sobre la Sentencia 5/2022 del Procedimiento Abreviado 170/2017 por el que se los acusaba del delito de prevaricación urbanística continuada.
“Tras haber sufrido durante años una reiterada condena por diferentes miembros de diferentes partidos y medios, en las que se nos definía como prevaricadores, ahora ya en firme podemos mostrar que somos inocentes. La sentencia publicada en enero no dejaba duda, y por ello también decaen ahora los recursos que solo buscaban tratar de hacernos daño político y personal, de la que quiero recordar una vez más este párrafo del artículo cuarto, páginas 45 y 46 a modo de conclusiones: con las consideraciones anteriormente expuestas en cada caso, se puede llegar a la clara conclusión que en la actuación de los miembros de la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Colmenar Viejo que intervinieron en el momento de conceder licencias, no se puede observar que cometieran el delito de prevaricación urbanística o el delito de prevaricación administrativa al no concurrir los presuntos legalmente establecidos para su comisión.« Adjuntan desde el Partido Popular de Colmenar Viejo.
«Y ello, porque no solo se ha probado que se trataron de deficiencias poco relevantes y que muchas de ellas estaban justificadas, sino también, porque la Junta de Gobierno al acordar la concesión de las licencias, en ningún momento omitió el trámite preceptivo de que los técnicos emitieran sus informes«. Continúa el comunicado emitido por los populares. «Sin que se pueda considerar que el hecho que su opinión fuera distinta a la de estos técnicos y concedieran las licencias, pueda considerarse delito, porque en ningún momento su decisión fue arbitraria ni injusta, sino muy al contrario, que se concedieron esas licencias, dado que se trataba en algunos casos de deficiencias de muy escasa importancia, y en otras, porque era la única forma de poder solucionar el problema, buscando el bienestar de los vecinos del municipio. Tampoco se ha acreditado, por ninguna prueba practicada, que con estas concesiones se haya podido beneficiar ilícitamente alguno de los acusados, sino que fueron concedidas buscando la mejor solución posible y para no causar perjuicios innecesarios, que hubieran sido desproporcionados en relación con el resultado que se había obtenido al ejecutar la obra alterando levemente lo dispuesto en normativa urbanística”.
Este párrafo de la sentencia deja clara la correcta forma de actuar de los diferentes gobiernos.