El Ayuntamiento de San Agustín aprueba ayudas económicas para los trabajadores ante la crisis del COVID-19

Aprobadas las ayudas económicas que el gobierno municipal destinará a los trabajadores (por cuenta propia o ajena) empadronados en San Agustín para paliar los efectos de la crisis del COVID19

Las ayudas económicas, cuyo detalle a continuación se describe, se aprobaron por Decreto de Alcaldía el viernes 20 de marzo con el fin de paliar los efectos económicos de la crisis ocasionada por el COVID19. A lo largo de esta semana saldrán publicadas en el BOCM, y una vez esto suceda, se comunicará en la web municipal y RRSS

Ayudas económicas

  1. ERTEs por causa de fuerza mayor. Trabajadores por cuenta ajena.
    Requisitos:
    Persona física empadronada a 1 de marzo de 2020 en San Agustín del Guadalix.
    Salario bruto anual no superior a 1’5 veces el Salario Mínimo Interprofesional según nómina de febrero de 2020.
    Trabajos de media jornada o superior. Si alguien sufre varios ERTEs, se sumarán las jornadas que realiza en cada trabajo, siempre según la nómina de febrero.
    Para jornadas parciales se prorrateará el importe de la ayuda en igual proporción.
    Ayuda:
     313’35 € por cada 15 días de ERTE.
     Máximo 60 días en tramos de 15 días.
  2. Despidos por causa de fuerza mayor. Trabajadores por cuenta ajena.
    Requisitos:
    Persona física empadronada a 1 de marzo de 2020 en San Agustín del Guadalix.
    Salario anual no superior a 1’5 veces el Salario Mínimo según nómina de febrero de 2020.
    Trabajos de media jornada o superior. Si alguien sufre varios despidos se sumarán las jornadas que realiza en cada trabajo, siempre según la nómina de febrero. Para jornadas parciales se prorrateará el importe de la ayuda en igual proporción.
    Ayuda:
    626’70€ en un pago único.
  3. Trabajadores por cuenta propia. Autónomos o empresarios individuales.
    Requisitos:
    Persona física empadronada a 1 de marzo de 2020 en San Agustín del Guadalix.
    Cumplir uno de los siguientes requisitos:
    o Obligación de cese en la actividad por norma estatal o autonómica.
    o Cese voluntario en actividad a acreditar mediante modelos 036/037.
    o Cese voluntario en actividad a acreditar mediante medio legalmente admitido.
    Ayuda:
    626’70€
    Desde el 15 de abril, posibles prórrogas a razón de 20’89 euros diarios en tramos de 15 días hasta un máximo de 60 días salvo que previamente finalice la causa que obliga al cese de actividad.
ayudas económicas
  • Los importes de las ayudas se han determinado conforme al IPREM.
  • Las ayudas se abonarán hasta agotamiento del crédito disponible.
  • Este documento es meramente informativo, sin efectos legales.
  • Las Bases reguladoras permitirán conocer el detalle. Rogamos paciencia.

Nuevo calendario fiscal


Sí informamos ya que se ha aprobado la modificación del Plan de Tributos:
Se ha ampliado el periodo para el cobro del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica, la Tasa de Basuras, la Tasa de Vados hasta el 1 de septiembre.


Se retrasa igualmente 2 meses el pago de los dos primeros plazos del IBI para aquellos inscritos en el Sistema Especial de Pagos, es decir, el Sistema Especial de Pago (SEP) de IBI (Impuesto de Bienes Inmuebles) se pospone el primer y segundo plazo, como puede verse en el documento que se pueden descargar debajo.

Aurora Cancela Pérez
Aurora Cancela Pérezhttps://www.cronicanorte.es
Aurora Cancela Pérez, periodista, licenciada en Ciencias de la Información y vecina de Colmenar Viejo. Es redactora en Crónica Norte desde 2017. Apasionada de la información local y los viajes.

1 COMENTARIO

  1. Hola soy un chico no trabajas casi 45 días estoy casado tengo dos hijos tengo casa de alquilar necesito ayuda familia

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