El Estatuto de los Trabajadores establece un máximo de 14 fechas al año
El calendario laboral de la Comunidad de Madrid para el año 2024 contará con un total de 14 días festivos, de los que dos serán festivos locales y corresponden fijar a cada uno de los los ayuntamientos madrileños.
Así queda recogido en el Estatuto de los Trabajadores en su artículo 37. La competencia para elaborar el calendario de festivos no laborables corresponde al Consejo de Gobierno, si bien esta cuestión se somete a consulta a los grupos parlamentarios representados en la Asamblea de Madrid, además de otras entidades e instituciones económicas y sociales más representativas de la región.
El Decreto aprobado hoy será remitido al Estado antes del 30 de septiembre, con las 12 fechas fijas, y a las que cada ayuntamiento de la región incorporará las que les corresponden.
Calendario laboral de la Comunidad de Madrid: días festivos
- 1 de enero (lunes), Año Nuevo.
- 6 de enero (sábado), Epifanía del Señor.
- 28 de marzo, Jueves Santo.
- 29 de marzo, Viernes Santo.
- 1 de mayo (miércoles), Fiesta del Trabajador.
- 2 de mayo (jueves) Fiesta de la Comunidad de Madrid.
- 25 de julio (jueves), Santiago Apóstol.
- 15 de agosto (jueves), Asunción de la Virgen.
- 12 de octubre (sábado), Fiesta Nacional de España.
- 1 de noviembre (viernes), Todos los Santos.
- 6 de diciembre (viernes), Día de la Constitución Española.
- 25 de diciembre (miércoles), Natividad del Señor.