El Caso «Selene» de Torrejón. La Fiscalía pide 20 años de cárcel para una mujer que golpeó, asfixió y quemó a su pareja

El juicio, que comienza el 1 de julio, desentrañará un crimen ocurrido en un centro de estética y la presunta implicación de un cómplice que ayudó a calcinar el cuerpo para evitar su descubrimiento.

Asesinato en el centro de estética Selene: el 1 de julio arranca el juicio con jurado por un crimen brutal en Torrejón

La Fiscalía pide 20 años de prisión para la autora del asesinato y 3 años para su cómplice, que le ayudó a quemar el cadáver en un pinar de Madrid. El juicio se celebrará en la Audiencia Provincial con jurado popular.

Una muerte violenta, un cuerpo calcinado y un juicio inminente

El 1 de julio a las 10:00 horas, la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Madrid acogerá un juicio especialmente delicado: una mujer se enfrenta a 20 años de prisión por asesinar a un hombre en su centro de estética en Torrejón de Ardoz y prender fuego a su cadáver en un descampado para evitar que el crimen saliera a la luz. Junto a ella, otro acusado se sentará en el banquillo, señalado por la Fiscalía como encubridor y cooperador en la ocultación del cuerpo. Para él, el Ministerio Público solicita tres años de prisión.

Un crimen escalofriante que ahora será valorado por un Tribunal del Jurado, y cuya crudeza sacudió en su día la tranquilidad de este municipio del Corredor del Henares.

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¿Qué ocurrió el 28 de agosto de 2021 en el centro de estética “Selene”?

Los hechos, tal como relata el escrito de acusación del fiscal, ocurrieron entre las 12:00 y las 00:00 horas del 28 de agosto de 2021. M. J. B. G., nacida en 1975 y sin antecedentes penales, se encontraba en su centro de estética, ubicado en Torrejón de Ardoz, cuando entabló una discusión con G. E. S., un hombre con quien mantenía una relación de cercanía.

Durante el enfrentamiento, la mujer golpeó a la víctima, causándole un traumatismo craneoencefálico severo que le dejó inconsciente. Pero no se detuvo ahí. Aprovechando su estado de indefensión, procedió a asfixiarle mediante oclusión de los orificios respiratorios. El resultado: su fallecimiento por sofocación.

La ayuda del cómplice y la quema del cuerpo

Al día siguiente, 29 de agosto, sobre las 8:49 horas, entra en escena el segundo acusado: L. E. M. G., también nacido en 1975, de nacionalidad colombiana, con antecedentes penales ya cancelados. El fiscal sostiene que, “con conocimiento de que M. J. B. G. había causado la muerte de forma violenta e intencionada”, acudió con ella a la estación de Renfe de Alcalá de Henares a recoger un vehículo.

Con ese coche regresaron al centro de estética, cargaron el cadáver de G. E. S. y lo trasladaron a un pinar situado en las proximidades de la calle Cerro del Murmullo, en Madrid. Allí, según la acusación, le prendieron fuego con la intención expresa de evitar su identificación y entorpecer la acción de la justicia. Abandonaron el lugar pasadas las 10:48 horas.

La petición del fiscal: asesinato y encubrimiento

El Ministerio Público califica los hechos como constitutivos de dos delitos:

  • Un delito de asesinato, en el caso de M. J. B. G., tipificado en el artículo 139.1 del Código Penal.
  • Un delito de encubrimiento, en el caso de L. E. M. G., recogido en el artículo 451.2 del mismo texto legal.

La pena solicitada para la autora del asesinato es de 20 años de prisión, junto con la inhabilitación absoluta durante ese tiempo y una medida de libertad vigilada de ocho años tras el cumplimiento de la condena. Para su cómplice, la solicitud es de tres años de cárcel y la inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena.

No se han planteado atenuantes ni circunstancias modificativas de la responsabilidad penal.

Pruebas clave y jurado popular

La Fiscalía ha propuesto una batería de pruebas para sustentar su acusación durante el juicio oral: desde el interrogatorio de los acusados hasta declaraciones testificales, periciales (forenses y psicológicas) y prueba documental que ayude a esclarecer la cronología exacta de los hechos y las intenciones de los implicados.

El caso será juzgado por un Tribunal del Jurado, conforme a lo establecido en la Ley Orgánica 5/1995 del Tribunal del Jurado, por tratarse de un delito de asesinato. Esto significa que nueve ciudadanos —y dos suplentes— deberán valorar las pruebas, deliberar y emitir un veredicto. Su decisión será la base sobre la que el magistrado presidente dicte sentencia.

¿Qué impacto puede tener este juicio?

Este juicio abre una reflexión inevitable sobre la violencia ejercida en entornos aparentemente cotidianos y cerrados, como puede ser un centro de trabajo. Pero también plantea interrogantes sobre las redes de complicidad que permiten que, incluso tras un asesinato, se intente borrar todo rastro.

La estrategia de la Fiscalía es clara: demostrar que no solo hubo intención de matar, sino también una acción conjunta para eliminar las pruebas. El testimonio de los acusados, así como las pruebas periciales, serán determinantes para que el jurado pueda valorar si se trata de un crimen premeditado o de un acto impulsivo con posterior encubrimiento.

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Angel Sánchez Carbonell
Angel Sánchez Carbonell
Ángel Sánchez Carbonell - Director de Crónica Norte. Desde hace 37 años dedicado profesionalmente a la información y entretenimiento (TVE, Onda Cero, Tele Cinco, COPE...) Pero ante todo: un enamorado de la geografía de la península Ibérica. Montañero y apasionado por el mundo del vino, Miembro de la Unión Española de Catadores. Cuando la vida me lo permite señalizo caminos naturales como Técnico de Senderos de la Escuela Española de Alta Montaña. (EEAM) Pero sobre todo me pierdo por ellos...

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