Quienes hayan actualizado recientemente su título de familia numerosa deben solicitar de nuevo la reducción fiscal, ya que no se aplica de forma automática. El plazo para presentar la solicitud finaliza el próximo 10 de abril y puede hacerse tanto en persona como por internet.
Tener el título de familia numerosa al día no es suficiente para seguir disfrutando de la bonificación en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles. El Ayuntamiento de Tres Cantos ha recordado a los vecinos que este beneficio fiscal no se renueva de forma automática cuando se actualiza el título acreditativo, lo que significa que las familias que hayan pasado por ese trámite recientemente deben solicitar expresamente la continuación de la bonificación si quieren mantenerla durante el ejercicio fiscal de 2026.
Se trata de un detalle que puede pasar fácilmente por alto. La lógica podría llevar a pensar que, una vez reconocida la condición de familia numerosa y actualizado el documento oficial que lo acredita, todo lo demás se gestiona de forma automática. Sin embargo, en lo que respecta a esta reducción tributaria, cada renovación del título obliga a iniciar un nuevo trámite ante el Consistorio. No hacerlo supone perder la bonificación, al menos durante el presente año.
Cuánto se puede ahorrar con esta bonificación
La reducción aplicable no es menor. Las familias numerosas en categoría general pueden obtener una bonificación del 50% sobre la cuota íntegra del IBI, mientras que las que se encuentren en categoría especial tienen derecho a una rebaja del 75%. En ambos casos, el descuento se aplica exclusivamente sobre la vivienda habitual, no sobre otros inmuebles que la familia pudiera tener a su nombre.
Para verificar que la vivienda sobre la que se solicita la bonificación es efectivamente el domicilio habitual, el Ayuntamiento consulta los datos del padrón municipal. Por tanto, es importante que la dirección que figura en el padrón coincida con la del inmueble para el que se pide el beneficio fiscal.
Teniendo en cuenta el peso que el IBI tiene en la economía doméstica de muchas familias —especialmente en municipios donde el valor catastral de las viviendas es elevado—, una bonificación de este tipo puede representar un ahorro significativo a lo largo del año.

Cómo y dónde presentar la solicitud
El trámite puede realizarse por dos vías. La primera es de forma presencial, acudiendo al registro municipal durante el horario habitual de atención al público. La segunda opción es telemática, a través de la sede electrónica del Ayuntamiento, en la esta dirección.
Esta segunda vía resulta especialmente cómoda para quienes prefieren evitar desplazamientos o tienen dificultades para acudir en persona durante el horario de oficina. La gestión electrónica está disponible en cualquier momento, lo que permite completar el trámite sin necesidad de ajustarse a un horario concreto.
La fecha límite: 10 de abril
El plazo para presentar la solicitud vence el 10 de abril de 2026. El Ayuntamiento ha establecido esta fecha con el fin de dar margen suficiente a todas aquellas familias que todavía no hayan formalizado el trámite. Pasada esa fecha, quienes no hayan solicitado la renovación perderán el derecho a aplicar la bonificación en el recibo del IBI correspondiente a este año.
Dado que el tiempo disponible es limitado, conviene no dejar la gestión para el último momento, especialmente si se opta por la vía presencial, donde la afluencia de solicitudes podría aumentar a medida que se acerca la fecha de cierre.
Una medida de apoyo a las familias con más cargas
La existencia de estas bonificaciones responde a una política fiscal orientada a aliviar la carga económica de los hogares con mayor número de miembros. Las familias numerosas suelen enfrentarse a gastos más elevados en vivienda, alimentación, educación y otros ámbitos cotidianos, por lo que los beneficios fiscales vinculados a tributos como el IBI forman parte de los instrumentos que los ayuntamientos tienen a su disposición para compensar, en parte, ese esfuerzo económico.
En este caso, el Ayuntamiento de Tres Cantos no solo mantiene la bonificación, sino que ha ampliado el plazo de solicitud precisamente para facilitar la gestión a aquellas familias que, por cualquier motivo, no habían podido completar el trámite dentro del periodo ordinario. La apertura de este nuevo plazo hasta el 10 de abril busca evitar que cuestiones puramente administrativas priven a las familias de un beneficio al que tienen derecho.










