Las organizaciones ecologistas madrileñas analizan las repercusiones de las medidas urgentes en materia de incendios forestales

El Real Decreto-ley de medidas urgentes en materia de incendios forestales, aprobado por el Consejo de Ministros, modifica la Ley de Montes estatal que en cinco meses será de obligado cumplimiento en las comunidades autónomas

La Asociación para la Recuperación del Bosque Autóctono (ARBA), la Asociación Ecologista del Jarama El Soto, Ecologistas en Acción, el Grupo de Acción para el Medio Ambiente (GRAMA) y Jarama Vivo temen una intensificación de las ya denunciadas actuaciones de ”limpieza de montes”

El 1 de agosto, el Consejo de Ministros aprobó el Real Decreto-ley 15/2022, por el que se adoptan medidas urgentes en materia de incendios forestales. A pesar de su relevancia, ha quedado eclipsado por la aprobación, el mismo día, del Real Decreto-ley 14/2022, de medidas de sostenibilidad económica en el ámbito del transporte, en materia de becas y ayudas al estudio, así como de medidas de ahorro, eficiencia energética y de reducción de la dependencia energética del gas natural.

El Real Decreto-ley 15/2022, modifica la Ley 43/2003 de Montes estatal e involucra a la administración local, introduce instrumentos para mejorar la coordinación interadministrativa, sustituye los planes de defensa autonómicos por planes de actuación y consolida la colaboración de la administración general con las comunidades autónomas en materia de restauración.

ARBA, la Asociación Ecologista del Jarama El Soto, Ecologistas en Acción, GRAMA y Jarama Vivo señalan que parte de las medidas incluidas en el Real Decreto ya están previstas en el Plan Especial de Protección Civil de Emergencia por Incendios Forestales en la Comunidad de Madrid (INFOMA). Sin embargo, se clarifican algunas o se amplía el ámbito  de actuación. Algunas de las más relevantes, a juicio de estas organizaciones son:

  • Se incluye como competencia de la administración local la actualización de un plano de delimitación de los núcleos y urbanizaciones existentes en el término municipal (proximidad al medio forestal, las vías de acceso y la localización de hidrantes y puntos de agua). La diferencia con la situación actual es que están obligados todos los ayuntamientos, no solo los incluidos en zonas de alto riesgo de incendios y afecta a todo el término municipal.
  • Las comunidades autónomas, en el plazo de cinco meses, tendrán que sustituir o adaptar los preceptivos planes de defensa -que en el caso de la Comunidad de Madrid, nunca se ha llegado a aprobar- por planes de prevención, vigilancia y extinción de los incendios. Estos planes serán anuales, deben incluir la totalidad de las actuaciones a desarrollar durante todo el año, abarcarán la totalidad del territorio autonómico y antes de aprobarse deberán publicarse. Las organizaciones ecologistas valoran positivamente estos nuevos planes porque permitirán acceder a la información que actualmente no facilita o deniega el Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid. Además permite establecer limitaciones a actividades de riesgo y acceso a zonas de alto riesgo en caso de condiciones climáticas adversas.
  • Entre el contenido de estos planes, debe incluirse un análisis territorial de la problemática socioeconómica que pueda existir en la Comunidad Autónoma y que se puede manifestar a través de la provocación reiterada de incendios o del uso negligente del fuego. Esta es una cuestión ampliamente reclamada por las organizaciones ecologistas al considerarla esencial para evitar el inicio del fuego. Si se conoce la problemática concreta en cada zona se podrán anticipar medidas de concienciación y disuasorias con mayor facilidad.
  • La colaboración de la Administración General del Estado con las comunidades autónomas, en restauración de la superficie quemada, se condiciona a que las comunidades autónomas, tengan aprobados y actualizados sus planes de prevención. Esta medida puede incentivar a las comunidades autónomas a aprobar los planes anuales de prevención.

Dos aspectos conflictivos

A pesar de la valoración general positiva de la modificación de la Ley de Montes, ARBA, la Asociación Ecologista del Jarama El Soto, Ecologistas en Acción, GRAMA y Jarama Vivo, señalan dos aspectos conflictivos. En primer lugar consideran difícil que la Comunidad de Madrid implemente las nuevas medidas, teniendo en cuenta su oposición a planificar. Por tanto, posiblemente se niegue a aprobar los planes de prevención, vigilancia y extinción de los incendios.

Por otra parte, temen que justificándose en el Real Decreto, se incrementen los desbroces intensivos en el medio natural, bajo la justificación de “limpiezas de monte”,  eliminando lo que consideran combustible que no es otra cosa que la orla de matorral y arbustiva de gran valor ecológico.

Por todo ello, las organizaciones ecologistas harán seguimiento de estas medidas en la Comunidad de Madrid.

medidas urgentes incendios
Paula de Marcos Aragón
Paula de Marcos Aragónhttps://www.cronicanorte.es
Paula de Marcos Aragón, periodista, licenciada en Ciencias de la Información y vecina de Algete. Es redactora en Crónica Norte desde 2021. Aficionada a la fotografía y a los reportajes y documentales de periodismo de investigación.

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