Las tiendas, gimnasios y teatros podrán instalar terrazas en Madrid

Una nueva ordenanza permite a los teatros, academias, tiendas, museos o gimnasios, que tengan un bar o cafetería, instalar terrazas según ha indicado la alcaldesa de Madrid, Ana Botella, en el Pleno del Estado de la Ciudad.

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La ciudad ha experimentado un incremento de la demanda de terrazas por parte de los titulares de los establecimientos hosteleros desde que entrara en vigor la Ley Antitabaco en diciembre de 2010: en 2009 había 1.495 terrazas autorizadas en Madrid, en 2010 eran 2.443 (un 63 por ciento más) y en 2011 la cifra alcanzaba las 2.962 (un 21 por ciento más).

La ordenanza de Terrazas de 2007 presentaban criterios muy estrictos como, por ejemplo, que algunos establecimientos de hostelería y restauración no podían instalar terrazas. Concretamente, sólo podían solicitar la instalación de terrazas aquellos establecimientos cuyo negocio principal fuera bar, cafetería, restaurante, bar-restaurante, café bar, taberna, chocolatería, heladería, salón de té, croisantería y hoteles. Tampoco se podía anclar al pavimento ni instalar barriles ni otro tipo de mobiliario ni colocar el mobiliario como el titular deseara.

Nueva ordenanza

La nueva ordenanza ampliará el tipo de establecimientos que pueden tener terraza, permitiendo instalarlas a establecimientos de hostelería y restauración, a los hoteles y aquellos establecimientos con actividad de hostelería y restauración como uso asociado de cualquier otro.

También se posibilitará instalar terrazas de  más de 100 metros cuadrados sin necesidad de acudir a la Comisión Especial de Terrazas, lo que beneficiará especialmente a las de quioscos de los parques.  Serán los distritos los que decidirán autorizarlas o no sin más restricción. Asimismo se establece una distancia mínima de paso de 2, 50 metros y una ocupación máxima de no más del 50 por ciento del espacio.

La nueva ordenanza propone que la superficie destinada a terraza se determinará por el número de metros cuadrados que ocupe, con independencia del mobiliario instalado. Igualmente se suprimirán  los módulos de velador y se permitirá la posibilidad de anclar elementos que delimiten la terraza, previa presentación de aval y con la obligación de reponer al estado inicial la vía pública una vez retirada la terraza.

La nueva norma limita la instalación de construcciones ligeras a aceras o calles peatonales superiores a 5 metros y la colocación de  terrazas en calles peatonales inferiores a 5 metros si no dejan un paso de 3,5 metros, para dar paso de vehículos de emergencia.

Multas

También se establecerá un procedimiento de extinción y recuperación de oficio o retirada inmediata de la terraza de la autorización en un plazo de diez días y posibilidad de retirada inmediata de la terraza, con multas por incumplimiento de la normativa que irán desde los 750 a los 1.500 euros o incluso a los 3.000 en caso de incumplimiento reiterado.

Se podrán retirar de oficio las instalaciones que se coloquen en terrenos públicos sin el perceptivo permiso o concesión, y las que disponiendo de autorización si instalan elementos no autorizados o que excedan de la superficie permitida.

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Angel Sánchez Carbonell
Angel Sánchez Carbonell
Ángel Sánchez Carbonell - Director de Crónica Norte. Desde hace 37 años dedicado profesionalmente a la información y entretenimiento (TVE, Onda Cero, Tele Cinco, COPE...) Pero ante todo: un enamorado de la geografía de la península Ibérica. Montañero y apasionado por el mundo del vino, Miembro de la Unión Española de Catadores. Cuando la vida me lo permite señalizo caminos naturales como Técnico de Senderos de la Escuela Española de Alta Montaña. (EEAM) Pero sobre todo me pierdo por ellos...

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