La Comunidad de Madrid ha celebrado este domingo, 20 de septiembre, en la sede de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112, la reunión de coordinación de los servicios de seguridad y emergencias que deben hacer cumplir la nueva orden de Sanidad que, a partir de hoy, ha establecido restricciones de movilidad en 37 áreas sanitarias de ocho municipios de la región por la evolución del COVID-19.
En el encuentro han participado el consejero de Justicia, Interior y Víctimas, Enrique López, y el consejero de Sanidad, Enrique Ruiz Escudero, así como el delegado del Gobierno, José Manuel Franco, y los responsables de seguridad y protección civil de los municipios afectados por esta medida: Madrid, Fuenlabrada, Moraleja de Enmedio, Getafe, Parla, Humanes, San Sebastián de los Reyes y Alcobendas.
Plan de Actuación de Protección Civil ante Pandemias
La Comunidad de Madrid contará con un Plan de Actuación de Protección Civil ante Pandemias con el que pretende reforzar la acción de la autoridad sanitaria y activar las necesidades sociales derivadas de crisis como la del COVID-19.

Con el diseño de este Plan regional, sobre el que el Consejo de Gobierno ha sido informado por parte del consejero de Justicia, Interior y Víctimas, Enrique López, el Ejecutivo que dirige Isabel Díaz Ayuso pretende automatizar una respuesta rápida y coordinada ante escenarios provocados por pandemias, movilizando los medios y medidas que mejor se adapten a cada momento de la emergencia.
El Plan jerarquiza y coordina la acción de los distintos departamentos y efectivos que intervendrán en emergencias provocadas por crisis pandémicas, estableciendo una organización clara y unos procedimientos de actuación de los medios y recursos de la Comunidad de Madrid vinculados a la protección civil.
Medidas adicionales específicas de contención y prevención
Según la ORDEN 1178/2020, de 18 de septiembre, de la Consejería de Sanidad, por la que se adoptan medidas específicas temporales y excepcionales por razón de salud pública para la contención del COVID-19 en núcleos de población correspondientes a determinadas zonas básicas de salud, como consecuencia de la evolución epidemiológica.
La presente Orden tiene por objeto establecer, con carácter temporal y excepcional, medidas adicionales específicas de contención y prevención necesarias para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 ante su evolución en los núcleos de población correspondientes a las siguientes zonas básicas de salud: (ocultamos los que no pertenecen a la zona norte de Madrid)