Una pensionista de Madrid ha logrado un nuevo comienzo después de que el Juzgado de lo Mercantil Nº 15 de Madrid exonerara sus deudas bajo la Ley de la Segunda Oportunidad. Con una carga financiera que superaba los 50,000 euros y sin capacidad para afrontarla, esta decisión marca un precedente importante sobre cómo la justicia puede ofrecer un alivio tangible a individuos en situaciones económicas extremas.
¿Qué es la Ley de la Segunda Oportunidad?
La Ley de la Segunda Oportunidad se diseñó para ofrecer a las personas físicas la posibilidad de reiniciar su vida financiera al liberarlas de deudas insostenibles. Este marco legal permite a los ciudadanos, que tras un proceso judicial demuestren que no pueden cumplir con sus obligaciones de pago, obtener la cancelación de sus deudas y empezar de cero. En el caso de nuestra protagonista, la intervención de la Asociación de Ayuda al Endeudamiento fue crucial para alcanzar este alivio legal.
Un giro tras la pérdida
Tras el fallecimiento de su esposo, la situación financiera de la pensionista se tornó insostenible. La reducción de sus ingresos mensuales y el aumento de las deudas crearon una tormenta perfecta que puso en riesgo incluso su vivienda, de la cual poseía el 33% heredado. Las presiones de los acreedores y las constantes amenazas de embargo empeoraron su salud, lo que la llevó a buscar ayuda legal.
El camino hacia la exoneración de deudas
El proceso comenzó con una negociación preconcursal, donde se informó al juzgado de la incapacidad de pago de la deudora. Este período inicial permitió a la pensionista detener temporalmente los pagos a los acreedores, lo que le proporcionó un respiro económico significativo. Posteriormente, se presentó la demanda de concurso de acreedores, donde se detallaron sus ingresos, propiedades, estado civil y el origen de sus deudas.
Resolución judicial: un nuevo comienzo
El juzgado, tras evaluar la situación, aceptó la demanda y procedió con la fase judicial. Durante este proceso, se logró evitar la liquidación de su propiedad y finalmente, se concedió la Exoneración del Pasivo Insatisfecho (EPI), liberando a la pensionista de tener que pagar los 48.173,28 euros adeudados. La sentencia también impide que los acreedores, entre ellos bancos como Caixabank o Sabadell, puedan realizar futuras reclamaciones o incluirla en ficheros de morosos.