Algete recuerda las condiciones de apertura de piscinas comunitarias para verano según indican las Ordenanzas municipales

El Ayuntamiento ha hecho público el impreso de comunicación de apertura y declaración responsable a  presentar por parte de las comunidades de propietarios de Algete

La Concejalía de Salud y Consumo del Ayuntamiento de Algete ha hecho  público el impreso de comunicación de apertura y declaración responsable a  presentar por parte de las comunidades de propietarios de Algete interesadas  en abrir al público las piscinas comunitarias de cara a la temporada de verano  2022

En la declaración responsable las comunidades deben indicar que se va a  iniciar la temporada de piscina verano 2022 y que la instalación reúne las  condiciones establecidas en las Ordenanzas Municipales, así como toda la  reglamentación sectorial sanitaria de aplicación en el momento de la concesión  de su licencia de funcionamiento. Entre otros, el Decreto 80/1998, de 14 de  mayo por el que se regulan las condiciones higiénico-sanitarias de piscinas de  uso colectivo, y el Real Decreto 742/2013, de 27 de septiembre, por el que se  establecen los criterios técnico-sanitarios de las piscinas y resto de normativa  en vigor que sea de aplicación.  

Además, en dicha declaración las comunidades aseguran que la instalación  cumple con las medidas establecidas en la Orden 1244/2021, de 1 de octubre,  de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, por la que se  establecen medidas preventivas para hacer frente a la crisis sanitaria. 

Junto con la Comunicación de Apertura y Declaración Responsable, las  comunidades deberán presentar copia del DNI y documentación acreditativa de  la representación (Presidente/a o Administrador/a de la Comunidad). Si es de  nueva apertura, se deberá aportar copia del CIF de la instalación y de la  concesión de la Licencia de Actividad y Funcionamiento Municipal de la piscina  o solicitud de ésta. Se deberá aportar también el análisis fisicoquímico y  microbiológico del agua de los vasos de la piscina según Anexo I del RD 742/2013 y Anexo II del Decreto 80/98. Si es agua procedente en exclusiva de 1.

Cada piscina comunitaria se compromete a poseer y estar siempre disponible  en las instalaciones de la piscina:  

  • Original del contrato del personal Socorrista, así como documento acreditativo  como socorrista acuático según normativa de la Comunidad de Madrid, si  procede.  
  • Original del contrato y documento acreditativo del personal Médico o DUE, si  procede.  
  • Análisis físico-químicos y microbiológicos del agua de los vasos, si procede  según RD 742/2013  
  • Certificado de control de plagas (desinfección, desinsectación y desratización)  por empresa autorizada.  
  • Ficha técnica de los productos que se utilizan en el tratamiento del agua.  
piscinas comunitarias Algete
Paula de Marcos Aragón
Paula de Marcos Aragónhttps://www.cronicanorte.es
Paula de Marcos Aragón, periodista, licenciada en Ciencias de la Información y vecina de Algete. Es redactora en Crónica Norte desde 2021. Aficionada a la fotografía y a los reportajes y documentales de periodismo de investigación.

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí

spot_img
spot_img
40,069FansMe gusta
7,865SeguidoresSeguir
40,069SuscriptoresSuscribirte

Puede Interesarle...

pronto descubrirás aquí algo nuevo...!!!