Varias asociaciones recurren la modificación de la autorización ambiental de la planta de biometano de Colmenar Viejo

Nueva manifestación el 20 de septiembre

La tramitación de la planta de tratamiento de biorresiduos y producción de biometano de Colmenar Viejo abre un nuevo frente administrativo. La Plataforma Stop Biogás Colmenar-Tres Cantos, la Asociación Cultural 14 de Abril y la Asociación Vecinal de Tres Cantos han anunciado la presentación de recursos de alzada contra la resolución de la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular de la Comunidad de Madrid, firmada el 30 de junio de 2026, que modifica la Autorización Ambiental Integrada (AAI) de la instalación actualmente promovida por Smart Farm Biogás Madrid.

La principal discrepancia se encuentra en la calificación jurídica de los cambios. Las tres organizaciones consideran que deberían haberse tramitado como una modificación sustancial. La Comunidad de Madrid concluye justamente lo contrario: la resolución de 30 de junio los califica expresamente como «no sustanciales», al considerar que no suponen una mayor incidencia significativa sobre la seguridad, la salud de las personas o el medio ambiente.

La Administración autonómica señala igualmente que el proyecto modificado no necesita someterse a un nuevo procedimiento de evaluación de impacto ambiental simplificada. Un informe del Área de Evaluación Ambiental fechado el 28 de abril de 2026 ya había concluido que las modificaciones no hacían necesario repetir este procedimiento.

Del compostaje a la pasteurización del digerido

Los cambios respecto al proyecto inicialmente autorizado son relevantes desde el punto de vista técnico.

La planta estaba concebida inicialmente con una combinación de biometanización y compostaje. La modificación aprobada elimina el proceso de compostaje e incorpora en su lugar una etapa de higienización mediante pasteurización del digerido.

La resolución recoge además otras modificaciones: reducción de la superficie de las instalaciones, cambios en los residuos admitidos, sustitución del biofiltro convencional por un sistema de biofiltración avanzada, modificación de la zona de recepción y pretratamiento, sustitución del foso inicial por una playa de descarga, cambios en la desulfuración del biogás, reutilización de los escurridos generados durante el proceso y eliminación de la planta de tratamiento de lixiviados y de la antigua balsa de excedentes. También se incorpora una instalación fotovoltaica para autoconsumo.

Para las asociaciones recurrentes, la entidad conjunta de estos cambios justificaría que la modificación fuera considerada sustancial y sometida a una tramitación diferente.

La Comunidad de Madrid sostiene, sin embargo, que las modificaciones no implican un incremento significativo de las emisiones a la atmósfera, los vertidos, la generación de residuos o el consumo de recursos naturales, ni una afección significativa a espacios protegidos o al patrimonio cultural.

La AAI cifra la producción de digerido líquido y sólido

La gestión del material resultante de la digestión anaerobia constituye uno de los principales argumentos de las asociaciones.

El comunicado de los colectivos habla de «decenas de miles de toneladas de digestato residual, sin destino conocido» y contrapone esta situación con la producción de compost contemplada inicialmente.

La documentación oficial permite precisar esas cantidades. La AAI establece una capacidad nominal de tratamiento de 75.000 toneladas anuales de biorresiduos de recogida selectiva y biopulpa orgánica y cifra entre los productos finales 35.493 toneladas anuales de digerido líquido y 17.876 toneladas de fracción sólida concentrada del digerido.

Estas dos cifras suman 53.369 toneladas, pero eso no significa que todo ese volumen tenga que abandonar anualmente la planta como residuo.

La propia autorización contempla la recirculación de una parte mayoritaria de la fracción líquida dentro del proceso productivo. El resto deberá almacenarse en un depósito cerrado desde el que podrá cargarse en camiones cisterna para su retirada. La fracción sólida concentrada se almacenará igualmente en contenedores para su entrega a un gestor autorizado.

La documentación técnica de la AAI utiliza porcentajes ligeramente diferentes en distintos apartados para describir esa recirculación —un cuadro establece un 70 %, mientras otro apartado técnico habla de aproximadamente un 65 %—, por lo que resulta más preciso señalar que una parte mayoritaria del digerido líquido volverá al proceso.

El digestato seguirá siendo residuo hasta que cumpla los requisitos para su valorización

El proyecto contempla que el digerido pueda destinarse finalmente a aplicaciones agronómicas y a la fabricación de productos fertilizantes.

Sin embargo, ese posible aprovechamiento no es automático.

La resolución establece que debe tramitarse previamente el fin de la condición de residuo y que el material deberá cumplir los requisitos establecidos por la normativa europea para el digestato destinado a productos fertilizantes, además de las correspondientes exigencias nacionales.

Mientras no se cumplan estas condiciones, la fracción del digerido que abandone las instalaciones deberá mantenerse dentro del régimen de gestión de residuos previsto en la autorización.

Por tanto, la documentación administrativa sí contempla un sistema de gestión para el digestato, aunque las asociaciones cuestionan que ese modelo ofrezca garantías suficientes para las cantidades previstas y consideran que el cambio respecto al compostaje inicialmente diseñado debería haber tenido consecuencias sobre la consideración ambiental del proyecto.

Una resolución firmada el 30 de junio y hecha pública en agosto

Otro de los aspectos cuestionados por los colectivos es la cronología de la tramitación.

La modificación de la Autorización Ambiental Integrada fue firmada digitalmente el 30 de junio de 2026 por la directora general de Transición Energética y Economía Circular.

Posteriormente, el 29 de julio, el Ayuntamiento de Colmenar Viejo hizo pública la concesión por la Junta de Gobierno de la licencia para la construcción de la planta. El Consistorio aseguró entonces que el expediente contaba con «cerca de medio centenar de informes técnicos favorables» emitidos por distintas administraciones y defendió que, al cumplirse los requisitos legales, estaba obligado a conceder la licencia.

Las asociaciones sostienen además que ese 29 de julio se aprobó la calificación urbanística definitiva del proyecto. Esta afirmación forma parte expresamente de los recursos y del comunicado difundido por los colectivos.

La modificación ambiental fue hecha pública posteriormente. La Dirección General dictó el 14 de agosto de 2026 una resolución para hacer públicas las resoluciones relativas a autorizaciones ambientales integradas emitidas entre el 8 y el 30 de junio, entre ellas la correspondiente a Smart Farm Biogás Madrid. Esa resolución se publicó en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid el 25 de agosto.

De este modo, la secuencia administrativa relevante queda situada entre la resolución ambiental del 30 de junio, la concesión municipal de la licencia el 29 de julio y la publicación en el BOCM del 25 de agosto.

Las asociaciones cuestionan también las notificaciones

El comunicado conjunto de las tres entidades afirma que la resolución del 30 de junio «no fue ni publicada ni notificada a nadie».

La primera parte de esa afirmación necesita ser matizada: la modificación sí fue hecha pública posteriormente, mediante la resolución de 14 de agosto publicada en el BOCM el 25 de agosto.

Respecto a las notificaciones individuales, la documentación pública consultada por Crónica Norte no permite determinar a qué interesados fue notificada la resolución ni en qué fechas.

La propia resolución establece que contra ella cabe recurso de alzada durante un mes contado desde el día siguiente a la recepción de la notificación, pero este extremo no permite establecer públicamente cuándo se practicaron ni quiénes fueron sus destinatarios.

Piden la suspensión cautelar de la modificación

Las tres organizaciones aseguran que, junto con los recursos de alzada, han solicitado la suspensión cautelar de la resolución de 30 de junio mientras se resuelve el procedimiento.

Según el comunicado difundido por las entidades, esa petición no había sido aceptada en el momento de emitirse la nota de prensa. Los colectivos relacionan además esta circunstancia con el inicio de los trabajos en la parcela durante la última semana de agosto. Esta relación entre ambos hechos constituye una valoración de las asociaciones y no una conclusión administrativa.

Los colectivos anuncian también que estudian emprender acciones judiciales contra la calificación urbanística y contra la licencia de obras.

Por el momento, según su propia información, se trata de acciones en estudio y no de nuevas demandas judiciales ya presentadas.

Seguro de 600.000 euros y una fianza de 51.350

La modificación de la AAI incorpora además nuevas condiciones económicas y ambientales para el titular de la planta.

Smart Farm Biogás Madrid deberá disponer de un seguro de responsabilidad civil con una cobertura mínima de 600.000 euros y de una fianza de al menos 51.350 euros destinada a responder del cumplimiento de las obligaciones derivadas de la gestión de residuos. Si previamente se hubiera depositado una fianza de 35.000 euros, la autorización establece que deberá completarse con otros 16.350 euros.

La resolución condiciona igualmente la eficacia de determinadas previsiones al cumplimiento de la documentación y requisitos establecidos antes del inicio de la actividad.

Dos posiciones enfrentadas sobre el alcance de los cambios

La presentación de los recursos no supone por sí misma que la modificación de la autorización ambiental haya sido declarada irregular.

La Comunidad de Madrid ha concluido administrativamente que las modificaciones son no sustanciales y que no requieren una nueva evaluación ambiental. Las asociaciones consideran que ese criterio es incorrecto y utilizan ahora la vía del recurso de alzada para solicitar su revisión.

Será la resolución de esos recursos —y, si posteriormente se presentan, las correspondientes acciones judiciales— la que determine si el criterio adoptado por la Administración autonómica se mantiene o debe modificarse.

El Ayuntamiento de Colmenar Viejo, por su parte, mantiene que la tramitación cumple la legalidad y sostiene que la concesión de la licencia se apoya en cerca de medio centenar de informes técnicos favorables de distintas administraciones.

Crónica Norte ha informado durante la tramitación del proyecto de las diferentes posiciones existentes en torno a la planta, desde las movilizaciones y objeciones de los colectivos contrarios hasta las decisiones de las administraciones, los argumentos de los promotores y el debate técnico sobre el papel del biometano en el tratamiento de residuos y la producción de energía renovable.

Nueva manifestación el 20 de septiembre

La Plataforma Stop Biogás Colmenar-Tres Cantos, la Asociación Cultural 14 de Abril y la Asociación Vecinal de Tres Cantos han convocado además una nueva movilización para el domingo 20 de septiembre en Colmenar Viejo.

Según la convocatoria de las organizaciones, la manifestación comenzará a las 11:30 horas en la explanada de la Plaza de Toros y terminará en la Plaza del Pueblo, donde está prevista una intervención del científico Fernando Valladares.

Los colectivos mantienen el lema «Stop Biogás. Ni tan grande, ni tan cerca» y anuncian que continuarán recurriendo las decisiones administrativas relacionadas con el proyecto.

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Paula de Marcos Aragón
Paula de Marcos Aragónhttp://www.cronicanorte.es
Paula de Marcos Aragón, periodista, licenciada en Ciencias de la Información y vecina de Algete. Es redactora en Crónica Norte desde 2021.

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