Colmenar Viejo y Algete han aprobado en sus respectivos plenos sendas mociones impulsadas por VOX para prohibir el acceso a las dependencias municipales a personas que vistan prendas que oculten su rostro, citando específicamente el niqab o el burka, sumándose así a la línea marcada recientemente por Alcobendas, donde también se ha dado luz verde a esta medida.
En los tres municipios, la regulación introduce como condición funcional de acceso a edificios municipales la posibilidad de identificación visual del rostro en espacios donde se realizan trámites administrativos con efectos jurídicos, se gestionan datos personales y se presta atención directa al público. El objetivo declarado es «reforzar la seguridad, evitar suplantaciones de identidad y garantizar el correcto funcionamiento de la Administración local».
Colmenar Viejo
En Colmenar Viejo, el Pleno ha aprobado la moción presentada por el Grupo Municipal VOX para establecer este requisito de identificación facial en todas las dependencias municipales. La portavoz de VOX, Susana Jiménez Aibar, ha defendido que “esta medida no va contra ninguna religión ni contra ninguna persona; va a favor de la seguridad, de la identificación y del correcto funcionamiento de la Administración”, insistiendo en que la norma es “objetiva, general y proporcionada” y no se extiende a la vía pública ni afecta a símbolos religiosos que no oculten el rostro. La iniciativa contempla excepciones por motivos médicos, de salud pública o de seguridad laboral y encarga a los servicios jurídicos la redacción de la norma interna que concretará su aplicación.
Algete
En Algete, la proposición registrada por VOX y apoyada por el Partido Popular y Unión Santo Domingo fija igualmente que no se permitirá el acceso o permanencia en dependencias municipales a personas con prendas que oculten total o parcialmente el rostro, citando expresamente niqab, burka u otras prendas de efecto equivalente. El texto subraya que la medida se limita al interior de los edificios municipales, no regula la vía pública y establece una exigencia funcional aplicable con independencia del origen, motivación o significado de la prenda. También en este caso se prevén excepciones justificadas (razones médicas o de seguridad laboral) y se encomienda a los servicios jurídicos municipales la elaboración del correspondiente reglamento interno.
Con estas decisiones, Colmenar Viejo y Algete se alinean con Alcobendas, donde el pleno también ha aprobado la prohibición del acceso a dependencias municipales en caso de ocultación integral del rostro.









