La Comunidad de Madrid ha aprobado hoy una nueva normativa que establece la jornada partida como el modelo general para los colegios públicos de Educación Infantil, Primaria y Especial. Esta medida, ratificada por el Consejo de Gobierno el 23 de diciembre de 2025, busca potenciar el rendimiento escolar de los alumnos y facilitar la conciliación de la vida familiar y laboral. El cambio simplifica el sistema para que los centros que actualmente tienen horario continuo puedan volver a las clases de mañana y tarde si así lo decide su comunidad educativa.
El Ejecutivo regional ha dado luz verde al Decreto que regula la organización del tiempo en las aulas madrileñas. A partir de ahora, la estructura de referencia para la enseñanza pública consistirá en dos sesiones diarias, una matutina y otra vespertina, separadas obligatoriamente por un descanso de dos horas. Con esta disposición, se pretende que los estudiantes tengan un ritmo de aprendizaje más equilibrado a lo largo del día.
No obstante, la norma mantiene una flexibilidad necesaria para los periodos de mayor calor o adaptación. Los colegios conservarán la opción de aplicar la jornada continuada durante los meses de septiembre y junio, permitiendo que los alumnos salgan antes del centro durante el inicio y el cierre del curso escolar.
El papel decisivo de las familias en la elección
Una de las grandes novedades de esta regulación es el mayor protagonismo que se otorga a los padres y madres en la toma de decisiones del centro. El proceso para cambiar el tipo de jornada se ha diseñado para ser más accesible y transparente. Para que un colegio inicie el trámite de regreso a la jornada partida, la propuesta debe nacer de al menos un tercio de los componentes del Consejo Escolar.
Este órgano de representación es clave, ya que en él participan no solo las familias, sino también los docentes, el personal de administración y los representantes del ayuntamiento. Una vez lanzada la iniciativa, se abrirá un periodo de consultas tanto al claustro de profesores como a los órganos de participación para asegurar que todas las voces sean escuchadas antes de pasar a la acción definitiva.
Votaciones más sencillas y directas
El sistema de votación para modificar el horario escolar se ha simplificado considerablemente para evitar bloqueos burocráticos. Según el nuevo Decreto, el cambio a la jornada partida se aprobará mediante una mayoría simple de los votos emitidos. Esto significa que el resultado dependerá directamente de quienes participen en el proceso, eliminando requisitos de participación mínima que antes dificultaban estas consultas.
Para facilitar la implicación de todos los progenitores, las familias podrán ejercer su derecho al voto de forma presencial o telemática. Una vez realizado el recuento, el director del centro comunicará oficialmente el resultado a la Dirección de Área Territorial para que se formalice la nueva organización de cara al curso siguiente.

Plazos y condiciones para los centros actuales
El calendario fijado por la Comunidad de Madrid establece que todo el procedimiento administrativo debe estar concluido antes del 15 de marzo de cada año. Este margen de tiempo es fundamental para que los colegios puedan organizar sus plantillas, servicios de comedor y actividades extraescolares con la antelación necesaria para el mes de septiembre.
Es importante destacar que la normativa respeta la autonomía de aquellos centros que ya funcionan con éxito bajo otros modelos. Los colegios públicos que ya tuvieran aprobada la jornada continuada antes de la entrada en vigor de este Decreto podrán mantenerla sin necesidad de realizar ningún trámite adicional, a menos que decidan por voluntad propia iniciar el cambio hacia la jornada partida.
Supervisión y garantías pedagógicas
Cualquier modificación en el horario no será automática, sino que contará con la supervisión de la administración educativa para garantizar el bienestar de los menores. El titular de la Dirección de Área correspondiente será el encargado de autorizar formalmente el cambio, basándose en un informe del Servicio de Inspección Educativa.











