La Comunidad de Madrid ha convocado las ayudas de comedor escolar para el próximo curso 2023/24 con un presupuesto que aumenta más de 9 millones de euros para alcanzar un total de 39,2 millones y beneficiar a más de 86.000 familias de la región
Como novedad en las ayudas de comedor de la Comunidad de Madrid, el sistema de precios reducidos y exenciones se sustituye por uno de becas de concesión directa, de forma que los interesados deberán solicitarlas desde el mañana hasta el 28 de junio a través del portal institucional, en los registros oficiales o en los colegios. La convocatoria se publica hoy en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y supondrá que los beneficiados abonen por el comedor escolar los mismos precios en vigor desde hace ya 7 años.
Requisitos para obtener las ayudas de comedor escolar
Los requisitos que se establecen para obtenerlas son los mismos que había hasta ahora: alumnos de Educación Infantil, Primaria, y Secundaria Obligatoria escolarizados en centros sostenidos con fondos públicos cuya familia se encuentre en alguna de las circunstancias socioeconómicas enumeradas en las normas, así como los escolarizados de oficio en centros sostenidos con fondos públicos que hagan uso del servicio de transporte escolar.
Mismos precios desde hace 7 años
- De esta forma, los beneficiarios de la Renta Mínima de Inserción (RMI), del Ingreso Mínimo Vital (Ingreso Mínimo Vital) con renta per cápita inferior a 3.000 euros o por extinción de la renta mínima de inserción recibirán 800 euros por curso, con lo que seguirán pagando por el comedor 1 euro al día.
- Los IMV que tengan renta per cápita de hasta 4.260 euros, las víctimas de violencia de género y terrorismo, aquellos que estén en situación de acogimiento familiar o tengan miembros pertenecientes a Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, con destino en la Comunidad de Madrid percibirán 445 euros por curso, de forma que seguirán pagando 3 euros al día por el servicio.
- Finalmente, obtendrán el precio total del comedor aquellos con algún miembro de la unidad familiar beneficiario de protección internacional en cualquiera de sus modalidades o temporal por el conflicto de Ucrania; los que estén en situación de acogimiento residencial; los escolarizados al amparo de convenios suscritos con las consejerías competentes en materia de infancia y adolescencia, con el ministerio competente en materia de instituciones penitencias y en materia de violencia de género.