Más Madrid lleva al Defensor del Pueblo las actividades taurinas infantiles de las fiestas de Sanse
El grupo municipal ha solicitado que se investigue la inclusión de al menos 28 actividades relacionadas con prácticas taurinas y dirigidas expresamente a menores en la programación oficial de las fiestas de San Sebastián de los Reyes de 2026. La queja pone el foco en el interés superior del menor, los protocolos de protección de la infancia y una «clase práctica de recortes» sobre la que reclama conocer quiénes participaron y en qué condiciones.
Más Madrid Sanse ha presentado una queja ante el Defensor del Pueblo para que investigue la incorporación de actividades relacionadas con la tauromaquia específicamente dirigidas a niños y niñas dentro del programa oficial de las Fiestas en honor al Santísimo Cristo de los Remedios de San Sebastián de los Reyes de 2026.
El escrito, firmado el 4 de septiembre por la portavoz municipal de Más Madrid Sanse, Ángela Millán Rodríguez, centra la cuestión en la programación desarrollada entre los días 25 y 31 de agosto y solicita que se determine si el Ayuntamiento realizó una valoración suficiente del interés superior del menor antes de incorporar, respaldar y difundir este tipo de actividades dentro de la programación festiva municipal.
La propia reclamación subraya que no cuestiona de manera general la legalidad de la tauromaquia, ni niega su reconocimiento legislativo como patrimonio cultural español. Tampoco sostiene que cualquier actividad infantil que reproduzca simbólicamente una práctica taurina constituya automáticamente una infracción. El planteamiento de la queja se centra en determinar si una Administración pública debe realizar una ponderación específica cuando estas actividades forman parte de una programación infantil reiterada.
28 actividades infantiles durante siete días consecutivos
Más Madrid asegura haber identificado, utilizando lo que define como un «criterio deliberadamente restrictivo», 28 actividades expresamente infantiles y directamente relacionadas con prácticas o elementos taurinos celebradas durante siete jornadas consecutivas.
La relación incluye reparto de capotes infantiles, trashumancias infantiles, toritos de agua, encierros infantiles, un encierro adaptado para personas con movilidad reducida, encierrillos del carrito y encierros infantiles nocturnos.
El anexo elaborado por el grupo municipal distribuye esas actividades de la siguiente manera: cinco el 25 de agosto, cinco el día 26, cinco el 27, dos el 28, cuatro el 29, cuatro el 30 y tres el 31 de agosto.
Entre ellas aparecen, por ejemplo, la trashumancia infantil organizada por la Asociación de Pastores del Encierro, diferentes encierros infantiles promovidos por peñas locales, los toritos de agua de la Peña Estafeta y distintos encierrillos del carrito infantil. La documentación identifica además la entidad organizadora y el lugar o recorrido anunciado para cada una de las actividades.
El documento excluye expresamente del recuento otras propuestas que también presentan alguna relación con la cultura taurina, como la carrera «Toro Run», pese a contar con categorías infantiles, los denominados «toros de fuego», el reparto infantil de mini-bombetas o determinados encierros del carrito celebrados de madrugada que el programa no calificaba expresamente como infantiles.
Por tanto, el número de 28 actividades utilizado en la reclamación no representa necesariamente todas las iniciativas de contenido taurino en las que pudieron estar presentes menores, sino únicamente aquellas que, según el análisis realizado por Más Madrid, aparecían identificadas inequívocamente como infantiles.
Las dudas sobre una «clase práctica de recortes»
Uno de los puntos que Más Madrid solicita investigar de forma específica corresponde a una actividad anunciada para el viernes 28 de agosto a las 13:30 horas bajo la denominación de «Clase práctica de recortes», organizada por la Peña Taurina Postas en la calle Postas.
Según la documentación presentada, el programa municipal no indicaba las edades de los participantes, si podían intervenir menores, el contenido exacto de la actividad, si se utilizarían carretones u otros elementos de simulación, ni si participarían animales o reses de lidia.
Precisamente por esa falta de información, Más Madrid no ha incluido esta actividad dentro de las 28 contabilizadas. Si se acreditara que estaba específicamente dirigida a menores, el número de actividades infantiles vinculadas directamente a prácticas taurinas analizadas por el grupo municipal ascendería, según su escrito, al menos a 29.
El grupo reclama conocer especialmente las edades de los participantes, si participaron menores, qué elementos fueron utilizados, el régimen jurídico aplicable, las autorizaciones administrativas, las medidas de seguridad, la cobertura sanitaria, los seguros y, en caso de participación de menores, las autorizaciones exigidas a padres o representantes legales.
Más Madrid pide conocer la implicación concreta del Ayuntamiento
Una parte importante de las actividades aparece organizada formalmente por peñas taurinas, asociaciones culturales y otras entidades locales. Sin embargo, todas ellas fueron incorporadas y difundidas dentro de la programación oficial de las fiestas municipales.
La reclamación no afirma que el Ayuntamiento organizara directamente las 28 actividades. Precisamente uno de sus objetivos es determinar qué participación concreta tuvo la Administración municipal en cada una de ellas: financiación, subvenciones, autorización o cesión de espacios, contratación de servicios, aportación de infraestructuras, Policía Local, Protección Civil, apoyo logístico o promoción institucional.
Antes de dirigirse al Defensor del Pueblo, la portavoz de Más Madrid registró también una solicitud urgente de información dirigida al concejal delegado de Festejos y Tradiciones Populares, Carlos Bolarín Díaz.
En esa petición se reclama al Ayuntamiento documentación administrativa sobre las actividades, condiciones de participación, edades, autorizaciones, seguros, evaluaciones de riesgo, protocolos de protección y posibles aportaciones económicas o materiales municipales.
Además, el grupo solicita saber si las entidades que habitualmente realizan actividades de ocio con menores cuentan con protocolos de protección, mecanismos para comunicar situaciones de riesgo y, cuando sea legalmente necesario, un delegado o delegada de protección.
El interés superior del menor, en el centro de la reclamación
El escrito remitido al Defensor del Pueblo se apoya en diferentes normas relacionadas con la protección de la infancia.
Entre ellas cita la Ley Orgánica 1/1996 de Protección Jurídica del Menor, que establece que el interés superior del menor debe ser considerado primordial en las actuaciones y decisiones que le afecten, y la Ley 4/2023 de Derechos, Garantías y Protección Integral de la Infancia y la Adolescencia de la Comunidad de Madrid.
También se hace referencia a la Ley Orgánica 8/2021 de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia y, en concreto, a sus previsiones sobre la creación de entornos seguros en actividades deportivas y de ocio.
La propia reclamación matiza, sin embargo, que no sostiene que cada una de las actividades enumeradas constituya automáticamente una situación de violencia. Lo que pide es determinar si resultaban aplicables las obligaciones de prevención y protección previstas por la legislación y si estas se cumplieron.
La legislación permite la presencia de menores en espectáculos tradicionales
El escrito reconoce igualmente un elemento jurídico importante para analizar el asunto. La legislación madrileña contempla que los menores puedan acceder y permanecer en determinados espectáculos deportivos, tradicionales o pertenecientes al patrimonio cultural inmaterial.
Más Madrid plantea al Defensor del Pueblo que determine hasta dónde alcanza esta excepción y si debe distinguirse entre la asistencia de un menor como espectador y la organización por parte de una Administración de actividades específicamente diseñadas para su participación activa mediante simulaciones o reproducciones de prácticas taurinas.
La reclamación también reconoce expresamente la Ley 18/2013, que regula la tauromaquia como patrimonio cultural y establece obligaciones de protección y promoción por parte de los poderes públicos. De esta forma, el propio escrito presenta el debate como una ponderación entre dos bienes protegidos: la preservación de una manifestación cultural reconocida legalmente y la protección del interés superior del menor.
La normativa taurina establece edades mínimas en determinados supuestos
La documentación cita igualmente el Decreto 42/2025 de la Comunidad de Madrid, que regula los espectáculos taurinos populares y determinadas actividades formativas.
Según el escrito, el reglamento fija 16 años como edad mínima para participar en espectáculos taurinos populares con reses bravas de lidia. Para determinadas clases prácticas con reses de lidia desarrolladas por alumnos de escuelas de tauromaquia, la normativa establece una edad mínima de 14 años y autorización de los progenitores cuando se trate de menores no emancipados.
Más Madrid aclara nuevamente que esto no significa que los encierros infantiles simulados, toritos de agua, trashumancias o encierrillos de carrito queden automáticamente sometidos a esta regulación. La petición se dirige precisamente a aclarar la naturaleza concreta de las actividades y, especialmente, de la denominada «clase práctica de recortes».
Naciones Unidas volvió a pronunciarse sobre menores y tauromaquia en 2026
Otro de los argumentos incorporados a la reclamación procede del Comité de los Derechos del Niño de Naciones Unidas.
En sus observaciones finales sobre el séptimo informe periódico de España, adoptadas en enero y distribuidas el 5 de febrero de 2026, el Comité volvió a abordar específicamente la relación entre menores y tauromaquia.
Según el anexo presentado junto a la queja, el Comité expresó su preocupación porque menores continúan presenciando violencia y muerte en festejos taurinos y recomendó establecer los 18 años, sin excepciones, como edad para participar en eventos, festejos y escuelas taurinas, además de realizar campañas de sensibilización sobre los posibles efectos de la violencia vinculada a estas actividades sobre los niños, incluidos los espectadores.
La propia reclamación precisa que estas observaciones internacionales no tienen el carácter de una norma interna directamente sancionadora, aunque considera que deben ser tenidas en cuenta como criterio interpretativo dentro del debate sobre la protección de la infancia.
El Defensor del Pueblo deberá decidir ahora si abre una investigación
Más Madrid Sanse solicita finalmente que el Defensor del Pueblo admita la queja y recabe información del Ayuntamiento sobre las 28 actividades identificadas, sus condiciones de celebración, autorizaciones, seguros, evaluaciones de riesgos y medidas de seguridad.
También reclama una investigación específica de la «clase práctica de recortes» y que se analice si el Ayuntamiento realizó previamente una valoración del interés superior del menor antes de incorporar estas actividades a la programación oficial.
En caso de considerar que existen aspectos que deban corregirse, Más Madrid pide además al Defensor del Pueblo que formule las recomendaciones, sugerencias o recordatorios de deberes legales que estime oportunos al Ayuntamiento o a las administraciones competentes.
La documentación facilitada para elaborar esta información no contiene todavía una respuesta del Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes a las cuestiones planteadas ni un pronunciamiento del Defensor del Pueblo sobre la admisión o resolución de la queja. Por tanto, por el momento se trata de una solicitud de investigación y no de una resolución que determine que las actividades fueran ilegales o incumplieran la normativa.











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