El Real decreto tiene el objetivo de cumplir con la Ley de medidas que consistía en que todos los estudios, informes y análisis comparativos sobre los productos alimenticios con fines para su difusión, deberían observar los principios de veracidad, rigor técnico y analítico y deben cumplir con todas las garantías contempladas en la normativa nacional.
El último Consejo de Ministros aprobó un Real Decreto que se ha publicado en el BOE el pasado 26 de junio, a propuesta de los Ministerios de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente y de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, en el que se regula la realización de estudios, informes y análisis comparativos sobre productos alimenticios.
No es sólo extremar las garantías sobre la veracidad de la publicación de los resultados obtenidos en los estudios y análisis comparativos, sino que, además, ha de permitir la comprobación de esa veracidad sobre las mismas muestras tomadas para su realización, teniendo en cuenta que se trata de productos alimenticios que no se prestan a la comprobación a posteriori si no se preservan adecuadamente muestras suficientes para permitir análisis contrastados.
Real Decreto
Para que esto se cumpla, se prevé establecer algunos procedimientos reglamentarios sobre la toma de muestras y análisis, y los estudios y análisis que deberán ajustarse a estos procedimientos. Además de dar cumplimiento a este mandato de Ley de Medidas, garantiza el rigor de dichos estudios aportando seguridad jurídica a las empresas estudiadas.
Con el nuevo Real Decreto se refuerza la defensa de los intereses de todos los consumidores que tanto demandan estos estudios, y se mejora la información que se les proporciona ampliando su capacidad de elección.
A qué se aplica
La nueva regulación se aplicará a todos los estudios, informes y análisis comparativos destinados a su publicación, exceptuando aquellos estudios desarrollados con carácter exclusivamente científico.