Desde la Concejalía de Medio Ambiente del Ayuntamiento de Algete, dirigida por Estrella Pereda, se ha informado de que se ha publicado la nueva Ordenanza Reguladora de la Tenencia y Protección de Animales
La normativa apareció publicada en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid del 17 de diciembre de 2021 y en la web del Ayuntamiento de Algete, en este enlace.
Aspectos importantes
- Lograr el máximo nivel de protección y bienestar de los animales, en consonancia con la normativa autonómica y de la Unión Europea, prohibiendo, entre otras, la exhibición de animales en locales de ocio y diversión y la instalación de circos que utilicen animales salvajes en sus espectáculos.
- Está expresamente prohibido dar de comer a animales en la vía pública excepto en el caso de Colonias Felinas controladas. Los alimentadores y cuidadores de colonias felinas del Protocolo CES, con carnet acreditado, serán las únicas personas autorizadas para la alimentación de las colonias felinas
Nuevas medidas para el control de los focos felinos
- Se permitirán colonias felinas únicamente previa autorización administrativa que cumpla con toda la normativa sectorial en vigor y que no produzca suciedad, residuos o cualquier otra alteración; siendo responsabilidad de sus titulares la prevención de los daños, y en su caso la reposición o reparación en caso de producirse alguna alteración ambiental negativa. En todo caso, estas colonias deberán estar debidamente controladas, identificados y desparasitados en el momento de su esterilización.
- Las personas interesadas en la autorización de una colonia felina, preferiblemente vecinos/as de Algete y miembros de una asociación de protección animal registrada, habrán de presentar la solicitud de colonia felina/alimentadores con declaración responsable, a la Concejalía de Medio Ambiente o al servicio municipal competente y encargado de la gestión de este tema. La solicitud incluirá, los nombres, dirección, teléfono y correo electrónico del solicitante y colaboradores propuestos, la ubicación de la colonia y su descripción en cuanto a número de animales.
- Cualquier daño o maltrato infringido a un gato callejero o feral, conllevará la correspondiente denuncia por infracción de esta norma y/o del código penal. El código penal, sanciona como delito el abandono, maltrato y el envenenamiento de animales, inclusive a los gatos ferales.
- Para la protección y control de los focos felinos se aplicará el método C.E.S. por ser el método de control más efectivo, que proporciona los siguientes beneficios tanto para los gatos callejeros como para la sociedad:
- Mejor calidad de vida
- Disminuye el aumento descontrolado de la población felina
- Reduce el impacto en la fauna salvaje,
- Evita el potencial riesgo sobre la salud pública
- Favorece la buena convivencia entre los animales y los ciudadanos y
- Es el único método de control avalado por las asociaciones de expertos veterinarios especializados en cuidado y bienestar felino
Deyecciones de animales en espacios públicos
- Están prohibidas las deposiciones y las micciones de animales domésticos en los parques infantiles o jardines destinados a ser usados por niños, así como en las fachadas de los edificios públicos y/o privados, en el mobiliario urbano y en las ruedas y otras partes de todo tipo de vehículos.
- Deben recogerse las deposiciones inmediatamente y depositarse en los contenedores de basura orgánica o papeleras más cercanas.
- Debe procederse inmediatamente a la limpieza de los elementos afectados.
- Se ha incluido la aplicación del método CES (Capturar, Esterilizar y Suelta -al punto de origen-), para los gatos ferales en consonancia con la normativa vigente