¿Tiene tu casa de Colmenar Viejo más de 30 años? Consulta el padrón de edificios que deben pasar la inspección 2026

Mantener una vivienda en condiciones óptimas es una responsabilidad que va más allá del interior de cada hogar. Con el objetivo de garantizar la seguridad de los vecinos y evitar riesgos derivados del deterioro del tiempo, la Concejalía de Urbanismo de Colmenar Viejo ha hecho público el nuevo padrón de edificios que deben someterse a la Evaluación de Edificios (IEE) y a la Inspección Técnica de Edificios (ITE) durante este año 2026. Este listado incluye aquellas construcciones que alcanzaron las tres décadas de vida durante el pasado año 2025.

Esta medida no es nueva, sino que responde a una normativa municipal consolidada que busca prevenir incidentes y fomentar la conservación del patrimonio inmobiliario del municipio. Para facilitar la consulta, el Ayuntamiento ha habilitado el acceso al padrón tanto en su página web oficial como en el tablón de anuncios de la sede electrónica, permitiendo que cualquier ciudadano pueda comprobar si su bloque de viviendas o su casa unifamiliar está incluida en este proceso obligatorio.

El objetivo de las revisiones técnicas

La normativa, que se aplica de forma rigurosa desde hace cinco años, tiene una meta clara: que ninguna edificación antigua se convierta en un peligro para sus habitantes o para los transeúntes. Según explica el segundo teniente de alcalde y concejal de Urbanismo, Jorge Domínguez Jiménez, “se trata de una ordenanza en vigor desde 2021 cuyo propósito es garantizar que todos los edificios de Colmenar Viejo con más de 30 años de antigüedad no supongan ningún riesgo para los vecinos debido a su desgaste y, así, asegurar su correcto estado”.

Durante estas inspecciones, profesionales cualificados no se limitan a mirar si la fachada está pintada. Se realiza un análisis exhaustivo de puntos críticos que afectan a la habitabilidad y la seguridad. En palabras del propio concejal, “en las inspecciones se analiza no solo la situación de las estructuras, sino también la estanqueidad, el aislamiento, la eficiencia energética, los sistemas de saneamiento y la conservación general y estética de las edificaciones”.

Diferencias entre la IEE y la ITE

Es común que surjan dudas sobre qué tipo de informe corresponde a cada edificio. La Inspección de Evaluación de Edificios (IEE) es obligatoria para los edificios de tipología residencial de vivienda colectiva (bloques de pisos) que superen los 30 años. También es el documento necesario para cualquier edificio, sin importar su edad, que quiera solicitar ayudas públicas para mejorar la accesibilidad, la eficiencia energética o la conservación.

Por otro lado, la Inspección Técnica de Edificios (ITE) está dirigida a los propietarios de construcciones de cualquier uso (incluyendo viviendas unifamiliares) que tengan más de 30 años. Esta revisión debe realizarse cada diez años para llevar un seguimiento constante de cómo envejece el inmueble. Ambos procesos buscan que el propietario sea consciente del estado real de su patrimonio y actúe antes de que una pequeña avería se convierta en un problema estructural grave.

Plazos y facilidades para los propietarios

Aunque el padrón se publica ahora en enero de 2026, los vecinos cuentan con un margen amplio para realizar los trámites. El plazo para presentar los informes técnicos no finaliza hasta el 28 de febrero de 2027. Este calendario permite a las comunidades de propietarios y dueños particulares contactar con técnicos competentes, realizar la visita al inmueble y tramitar la documentación necesaria sin prisas de última hora.

Desde el año 2021, el consistorio ha puesto el foco en el carácter didáctico de esta obligación. Se han lanzado campañas informativas en redes sociales y medios digitales para que el vecino no vea la ITE o la IEE como una carga burocrática, sino como una herramienta de prevención. Existe incluso un vídeo animado que explica paso a paso el proceso para que cualquier persona, independientemente de su familiaridad con los trámites administrativos, pueda entender la importancia de estas revisiones.

Documentación y pasos a seguir

Para facilitar la gestión, se ha puesto a disposición de los interesados una serie de modelos y formularios específicos según el tipo de inspección. Por ejemplo, los edificios de viviendas colectivas deben tramitar su IEE a través del portal de la Comunidad de Madrid, mientras que las viviendas unifamiliares disponen de fichas específicas para la ITE proporcionadas por el propio ayuntamiento.

Además, se ha publicado un documento de preguntas frecuentes (FAQs) que resuelve las dudas más comunes: desde quién debe pagar la inspección hasta qué ocurre si el informe resulta desfavorable. Es fundamental que los propietarios presenten también la declaración responsable correspondiente junto con el informe técnico para que el trámite se considere completado correctamente.

Paula de Marcos Aragón
Paula de Marcos Aragónhttp://www.cronicanorte.es
Paula de Marcos Aragón, periodista, licenciada en Ciencias de la Información y vecina de Algete. Es redactora en Crónica Norte desde 2021.

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí

spot_img
spot_img
spot_img
spot_img
spot_img

Puede Interesarle...

pronto descubrirás aquí algo nuevo...!!!