El próximo viernes, 16 de mayo, comienza en la Comunidad de Madrid el periodo de peligro medio de incendios forestales definido en el Plan de Protección Civil de Emergencias por Incendios Forestales (INFOMA). Por este motivo, desde la Dirección General de Protección Ciudadana recuerdan que existe una normativa que regula el uso de maquinaria y equipos en terrenos agrícolas situados a menos de 200 metros de las zonas forestales.

El objetivo de esta normativa es garantizar que el uso de maquinaria y equipos agrícolas se haga con todas las condiciones de seguridad para así prevenir y evitar incendios. Por esa razón se recuerda la necesidad de adoptar medidas como, por ejemplo, que todas las máquinas estén provistas de equipos preventivos que eviten la deflagración, la producción de chispas y descargas eléctricas o que el repostaje de combustible se realice en una zona donde no exista riego de deflagración
[gtblockquote] Además, si las circunstancias meteorológicas o el estado de la vegetación entrañaran riesgo de incendio forestal el responsable de los trabajos debe proceder a su paralización inmediata [/gtblockquote]
Medidas específicas
Así, la legislación establece que la siega o desbroce mecánico se deberá comenzar dando una pasada de limpieza perimetral a la parcela. Esta tarea debe iniciarse en la parte contraria a la procedencia del viento. Posteriormente, se realizarán fajas perpendiculares a la dirección del viento, iniciando estas en la parte más alejada y contraria a la procedencia de éste.
En el caso del uso de cosechadoras de cereal, el responsable de los trabajos deberá contar con dos extintores de polvo tipo A, B o C de 6 kilogramos cada uno, como mínimo. En todo momento deberá estar presente un observador que contará con un teléfono operativo para avisar al Centro de Emergencias Madrid 112 en caso de necesidad. También dispondrá de una mochila de extinción de agua, pala y batefuegos listas para ser usadas de inmediato.
En las tareas de siega en las que se usen medios distintos a la cosechadora con aperos movidos por tractores, la persona que realiza los trabajos debe contar con un extintor de polvo de un mínimo de 6 kilos de peso y dos batefuegos. Cuando los trabajos se hagan con maquinaria manual, el profesional del campo debe tener un extintor de mochila con agua, un batefuegos y una pala.
Los días en los que la velocidad del viento sea superior a 20 kilómetros por hora, haya una sequedad extrema y la superficie de la parcela tenga 20 hectáreas o más, se deberá contar con un tractor con apero de gradas o similar junto a la cosechadora. El objetivo de este tractor es realizar una pasada arando una franja de 10 metros de ancho en la zona limítrofe con el terreno forestal tras ser esta cosechada.
Es preciso tener en cuenta que los accidentes que se produzcan como consecuencia del uso deficiente de la maquinaria será responsabilidad de quien realice los trabajos. El incumplimiento de cualquiera de las exigencias descritas o la existencia de unas condiciones meteorológicas de extremo riesgo de incendios forestales podrá suspender la autorización y la utilización de la maquinaria.
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