Tus derechos como consumidor…también en Semana Santa

La Comunidad de Madrid informa los derechos de los  consumidores ante las vacaciones de Semana Santa con un catálogo de recomendaciones ante los servicios que se contraten.

En función del tipo de  vacaciones que se prevé realizar, la Dirección General de Consumo ofrece  una serie de pautas que se pueden consultar en www.madrid.org/consumo.

En el caso de realizar desplazamientos, si el viaje se contrata a través  de una agencia, ésta es responsable de que se cumplan todas las  obligaciones establecidas en el contrato, que debe firmar el viajero con la empresa. Es importante conservar todos los documentos de carácter informativo que facilita la agencia. Si se modifican las condiciones con  menos de 48 horas de antelación, el consumidor tiene derecho a recibir una  indemnización. La agencia nunca puede cambiar los precios durante los 20 días antes de la salida

Si el consumidor decide viajar en coche, se recuerda que los talleres en  los que se ha puesto a punto el vehículo deben entregar al cliente un  resguardo de depósito al dejar el automóvil. La garantía de cualquier reparación es de tres meses ó 2.000 kilómetros recorridos. Si durante el viaje el consumidor ha tenido que recurrir a los servicios de una grúa, la  Dirección General de Consumo recuerda que se puede exigir que le lleve el  vehículo al taller que prefiera. La grúa debe facilitar al consumidor un  presupuesto previo y factura o una orden de servicio si corriera a cargo de  una compañía de seguros.

Si tiene una avería, tras la reparación el consumidor deberá ponerse en  contacto con el taller reparador mediante cualquier medio que permita tener constancia de su recepción para que proceda al cumplimiento de la garantía, directamente o a través de terceros. Si el taller no contesta o se negase, el consumidor podrá realizar la reparación en cualquier otro establecimiento de entre los que se encuentren más próximos, quedando el  garante obligado al pago de la factura que se derive de la reparación.

En el caso de las compañías aéreas, la Dirección General de Consumo  recuerda que están obligadas a mostrar el precio total del billete en sus  ofertas, incluidas tasas y recargos. Las compañías deben informar claramente de qué conceptos se están cobrando. La cancelación y el ‘overbooking’ están penalizados, al igual que los retrasos que superen las cinco horas.

Al contratar los alojamientos para pasar las vacaciones, la Comunidad  de Madrid recuerda que deben ofrecer una información clara sobre los  precios y las características del lugar. Los alojamientos deben disponer de  hojas de reclamaciones y tienen que incluir en el precio final el agua, la  electricidad, la ropa necesaria para la estancia y el uso de servicios e  instalaciones que formen parte del alojamiento. El cliente tiene derecho a recibir factura de lo que ha pagado.

Internet y llamadas en el extranjero

A la hora de operar con Internet en el extranjero, la Dirección General de  Consumo recomienda desactivar la itinerancia de datos, lo que evita el roaming, de forma que el terminal no se conectaría con otro operador de  forma automática. Es aconsejable consultar si el cambio de un operador a  otro se produce de forma automática o el terminal anuncia que se ha  producido ese cambio. En ocasiones, si el usuario se encuentra en una  zona fronteriza, su dispositivo se conecta de forma automática. Hay que  recordar que el hecho de tener contratada con la operadora una tarifa plana  de internet no incluye las conexiones en el extranjero

A partir del 1 de julio de 2012, entran en vigor los nuevos precios de  roaming establecidos por la Comisión Europea que abaratan las llamadas y  los mensajes de texto (SMS) realizados por móvil entre países de la Unión  Europea. De este modo, el precio máximo de una llamada será de 29  céntimos por minuto (actualmente es de 35 céntimos) y enviar un mensaje  de texto costará 9 céntimos y no 11 como en la actualidad. Se ha regulado  un precio máximo de 70 céntimos por megabyte para 2012 y de 20 céntimos  para 2014 en la conexión por internet en el extranjero a través de móviles de  última generación.

Vacaciones en la ciudad

La Comunidad recuerda algunos de los derechos de los consumidores si  deciden disfrutar de las vacaciones sin desplazarse fuera de la ciudad. En el  caso de que adquieran entradas para espectáculos o para visitar museos, le deben devolver todo o parte de lo pagado si se suspende o modifica el espectáculo y no es por fuerza mayor. Los consumidores deben ser  informados en caso de que la localidad que vaya a ocupar tenga visibilidad reducida. En todo caso, debe tener a su disposición libro de reclamaciones.

En el caso de los restaurantes, Consumo recuerda que no se puede cobrar el cubierto, la carta o la reserva de plaza. La carta debe estar en  español y la lista de precios tiene que mostrarse en un lugar visible. Los  restaurante deben total del precio tal, incluido el IVA. En los parques de ocio y atracciones debe haber personal responsable del mantenimiento y la seguridad y disponer de seguro de incendio y de responsabilidad civil.

En el caso de efectuar compras por internet para espectáculos,  restaurantes o parques de ocio, la Dirección General de Consumo recuerda  que las páginas seguras con aquellas que empiezan por https. Se recomienda guardar la página final con el resumen de pago y leer siempre  las condiciones de uso antes de aceptarlas.

Angel Sánchez Carbonell
Angel Sánchez Carbonell
Ángel Sánchez Carbonell - Director de Crónica Norte. Desde hace 34 años dedicado profesionalmente a la información y entretenimiento (TVE, Onda Cero, Tele Cinco, COPE...) Pero ante todo: un enamorado de la geografía de la península Ibérica. Montañero y aficionado a la gastronomía y la enología. Cuando la vida me lo permite señalizo caminos naturales como Técnico de Senderos de la Escuela Española de Alta Montaña. (EEAM) Pero sobre todo me pierdo por ellos...

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