En casi toda España muchos locales y oficinas tipo «loft» no disponían de la licencia de habitabilidad para que a su vez pudieran ser viviendas, aunque de facto muchos de estos locales y oficinas ya eran el hogar de muchas personas. Algunos de los inconvenientes eran la salida de humos y los tendederos, entre otros. El gobierno municipal de San Sebastián de los Reyes ha dado instrucciones para favorecer este cambio.
Para favorecer y permitir los cambios de usos de locales a viviendas y acondicionamiento de viviendas en edificios existentes, y atendiendo a las demandas actuales de la sociedad.
Estas son las condiciones:
• La superficie de Tendedero de 2,00 m², o el lugar de secado con un desarrollo mínimo de cuerda de 10 m. por vivienda, si no existiera la posibilidad de instalar un tendedero exterior, se permitirá las siguientes opciones para secar la ropa:
– Se podrá tender en la azotea del edificio de viviendas en los tendederos colectivos.
– Se podrá sustituir por un tendedero plegable de interior o se podrá instalar una barra a lo largo de la ducha/bañera para tender, que en el caso de viviendas de un solo dormitorio no será exigible que cumplan el desarrollo mínimo de cuerda de 10 m. por vivienda.
– Se podrá sustituir por una secadora, o una lavadora/secadora.
• La instalación de bidé, no será obligatoria se aconsejará la colocación de un inodoro/bidé o la instalación de un grifo de ducha bidé.
• La campana de extracción de las cocinas con salida de humos a cubierta en los edificios existentes si no existiera la salida de humos a cubierta, podrá ser sustituido por campana de extracción con filtro de carbón activado.
• La vivienda contará mínimo con un dormitorio doble de 10m2.