Aprobado el primer reglamento de VTC de Madrid que proporcionará más seguridad jurídica a empresas y mayor calidad a usuarios

Los coches no podrán llevar distintivos que induzcan a confusión con los taxis y se prohíbe la captación activa en las calles

El Reglamento, cuya entrada en vigor está prevista para los próximos días, establece los derechos de los clientes, el objeto y ámbito de aplicación de la norma, los requerimientos a las empresas para obtener y mantener las  autorizaciones o los requisitos que deben cumplir los conductores y las  condiciones de prestación de los servicios, entre otros aspectos.  

Así, el texto establece que las empresas, para obtener y mantener las autorizaciones, deben contar, al menos, con un número de conductores igual al  75% de permisos en alta. Asimismo, podrán disponer de los coches en régimen  de propiedad o mediante alquiler bajo las figuras de renting o leasing

Responsabilidad civil

El Gobierno regional también contempla en el articulado que las compañías  deben tener cubierta su responsabilidad civil por los daños que puedan causar a los pasajeros durante el servicio de transporte y, además, estarán obligadas a  impartir a sus trabajadores una formación continua.  

Precio

En circunstancias excepcionales de alta demanda producidas en eventos no  habituales o extraordinarios de ocio o conciertos, el precio no podrá superar el 75% de la media del coste ordinario

Nueva modalidad: viajes compartidos

Por otro lado, se añade una nueva modalidad de viajes compartidos que podrá  suscribir cada usuario por plaza y con pago individual, en función del recorrido  realizado. Esta alternativa de transporte permite al primer pasajero contratar un  trayecto, al que podrán sumarse otros para el mismo itinerario o una parte, ya  que pueden hacerse paradas intermedias de subida y bajada de clientes, conociendo todos ellos su precio de antemano.  

Línea telefónica gratuita de atención a clientes

El texto recoge que las empresas deberán habilitar una línea telefónica gratuita de atención a los clientes adaptada para personas con discapacidad auditiva, así como un medio accesible de comunicación vía web

Vehículos adaptados

Además, a partir del 1 de enero de 2025 los nuevos vehículos que pongan a  disposición del público las empresas con diez o más autorizaciones deberán ser adaptados para prestar el servicio a todas aquellas personas que se trasladen en silla de ruedas, con lo que se incrementará la flota de automóviles adaptados para facilitar estos desplazamientos. 

Conocimientos de los conductores

Por su parte, todos los conductores de VTC deberán acreditar la posesión de un  permiso de conducir de la clase B con, al menos, dos años de antigüedad; no  podrán tener antecedentes por delitos de naturaleza sexual y deberán superar  un examen que incluirá conocimientos del idioma español, el manejo de  dispositivos de navegación, así como primeros auxilios y lugares más  importantes de la región.  

VTC

Estos profesionales tendrán un plazo de 18 meses para realizar esta prueba, a  contar desde la entrada en vigor de la disposición que los regule, y podrán  seguir conduciendo hasta la finalización de este periodo. Quedarán exentos de  completar este requisito quienes en la entrada en vigor del Reglamento lleven  ejerciendo su labor profesional durante al menos un año de forma  ininterrumpida, o dos años en el período de los cuatro anteriores a aplicación  efectiva de la nueva normativa.  

Antigüedad de vehículos y prohibición de captación en la calle

Además, los automóviles receptores de las autorizaciones no podrán tener una  antigüedad superior a la exigida por la legislación estatal; deberán ser retirados de la actividad cuando hayan cumplido los 10 años, a contar desde la primera  matriculación; y tendrán que estar clasificados con el distintivo ambiental Cero Emisiones o ECO. No obstante, los que dispongan de etiqueta C, y tengan permiso cuando el Reglamento entre en vigor, podrán seguir prestando servicio  con ese coche hasta diciembre de 2027. 

VTC

Los vehículos adaptados se destinarán de forma prioritaria a los  desplazamientos de personas con movilidad reducida, aunque no en  exclusividad, y tendrán que cumplir lo establecido en materia de accesibilidad.  

Los VTC también deberán llevar siempre sus distintivos identificativos y no  podrán ser decorados con publicidad que induzca a confusión con los que  prestan servicio de Taxi. Además, se acota su actividad a trayectos contratados  de manera previa por los usuarios, prohibiéndoles la captación activa de clientes  por las calles. Por ello, no podrán estacionar en el interior y en los accesos de  entrada y salida de los aeropuertos, estaciones de ferrocarril o autobús o  cualquier otro emplazamiento donde haya una afluencia masiva de personas,  sin estar previamente contratados.

Paula de Marcos Aragón
Paula de Marcos Aragónhttps://www.cronicanorte.es
Paula de Marcos Aragón, periodista, licenciada en Ciencias de la Información y vecina de Algete. Es redactora en Crónica Norte desde 2021. Aficionada a la fotografía y a los reportajes y documentales de periodismo de investigación.

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