La Comunidad abre el plazo para solicitar las primeras ayudas al alquiler para familias con ingresos medios y bajos. Podrán beneficiarse quienes vivan en régimen de alquiler en viviendas del mercado libre y protegidas que no sean públicas.
La Comunidad empezará a abonar a partir de mayo, tras publicar en abril el listado definitivo de beneficiarios, las primeras ayudas al alquiler destinadas a familias con ingresos medios y bajos -35.000 euros anuales en el caso de una familia de cuatro miembros-, que tienen arrendada una vivienda en el mercado libre o protegida de titularidad no pública. Las ayudas alcanzarán un máximo de 200 euros mensuales.
Ayudas mes a mes
Estas ayudas se abonarán mes a mes, si bien una vez concedidas se abonarán con carácter retroactivo las ayudas correspondientes a los primeros meses de 2015, desde el 1 de enero.
Mañana, 20 de febrero, se publicará en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) la orden que regula la concesión de estas ayudas. Los interesados tendrán 15 días hábiles, hasta el 10 de marzo, para solicitarlas.
10 millones de euros en ayudas
Las ayudas, a las que la Comunidad de Madrid ha destinado 10 millones, se concederán según los ingresos familiares, dando prioridad a las rentas más bajas, hasta un límite máximo de 3,5 veces el IPREM, lo que supone algo más de 35.000 euros (35.071,22€) anuales de ingresos para una unidad familiar de cuatro miembros. No obstante, esta cantidad se reduce a 32.000 euros para las unidades familiares de uno y dos miembros e incrementarse hasta los 37.000 euros anuales en el caso de familias con cinco o más.
Requisitos
Los solicitantes podrán presentarse en el Registro General de la Consejería de Transportes, Infraestructuras y Vivienda, o en cualquier de los Registros, o por internet.
La solicitud debe acompañarse de una copia del DNI o permiso de residencia, copia del contrato de arrendamiento, nota simple del Registro de la Propiedad, copia del resguardo del depósito de la fianza en el IVIMA, copia de la Declaración del IRPF de la unidad familiar y certificado del Servicio de Índices del Registro de la Propiedad de titularidades inscritas de los titulares del contrato.