La Comunidad de Madrid prohíbe los fuegos artificiales y el uso de maquinaria en zonas forestales del 15 al 18 de agosto

En plena ola de calor y con el riesgo de incendios forestales en niveles extremos, la Comunidad de Madrid ha decretado una prohibición excepcional: entre el 15 y el 18 de agosto de 2025 queda suspendido el uso de fuego, maquinaria que pueda generar chispas y cualquier lanzamiento pirotécnico en zonas forestales y en una franja de 400 metros a su alrededor. Una medida preventiva que busca evitar tragedias en una semana tradicionalmente festiva.

Una medida para frenar el riesgo

Las condiciones meteorológicas actuales han encendido todas las alertas. La Agencia Estatal de Meteorología mantiene activa la ola de calor hasta el lunes 18 de agosto, lo que, sumado a la sequedad de la vegetación y al viento, incrementa de forma notable la probabilidad de que un fuego se inicie y se propague con rapidez.

El Director General de Emergencias ha emitido una resolución extraordinaria que amplía las restricciones previstas en el Plan Especial de Protección Civil de Emergencia por Incendios Forestales de la Comunidad de Madrid (INFOMA), con el objetivo de evitar cualquier actividad que suponga un riesgo de ignición.

Prohibiciones concretas

La resolución establece que, desde las 00:00 hasta las 23:59 horas de los días 15, 16, 17 y 18 de agosto, queda prohibido:

  • El uso del fuego en cualquier terreno forestal o en una banda de 400 metros que lo rodee, en suelo no urbano.
  • El manejo de maquinaria y equipos cuyo funcionamiento pueda generar deflagraciones, chispas o descargas eléctricas, como desbrozadoras, radiales o soldadores.
  • El lanzamiento de fuegos artificiales, cohetes, farolillos voladores o cualquier elemento que pueda provocar ignición, incluso si ya se disponía de autorización.

Estas restricciones dejan sin efecto una resolución similar emitida el día anterior, adaptando así la respuesta a la situación de riesgo extremo.

Fundamento legal y competencias

La decisión se apoya en lo previsto en el Decreto 59/2017, que regula el Plan INFOMA, y en la Ley 43/2003 de Montes. Ambas normativas permiten la suspensión de actividades peligrosas cuando existan circunstancias excepcionales, como las actuales condiciones meteorológicas adversas o una alarma social derivada de incendios recientes.

El texto oficial recuerda que, además de estas medidas, la Dirección General de Emergencias puede adoptar otras restricciones complementarias basadas en los índices de riesgo que elaboran diariamente técnicos y analistas especializados.

Un verano de máxima precaución

La prohibición coincide con un periodo de gran actividad social y cultural en numerosos municipios madrileños, muchos de ellos en plena celebración de sus fiestas patronales. La resolución busca compatibilizar la seguridad con el ocio, apelando a la responsabilidad de los organizadores y de la ciudadanía.

La recomendación estatal de limitar los fuegos artificiales en todo el país, debido al riesgo evidente de incendio, ha reforzado la necesidad de adoptar medidas firmes en la Comunidad de Madrid. El riesgo no se limita a las zonas de monte: un solo foco en la franja de seguridad de 400 metros puede propagarse rápidamente hacia áreas forestales y poner en peligro a personas, viviendas e infraestructuras.

Consecuencias y recursos

La suspensión afecta tanto a las autorizaciones ya concedidas como a las que pudieran solicitarse durante los días señalados. Los organizadores de eventos y los particulares deberán posponer o modificar sus planes, optando por alternativas seguras que no impliquen fuego o chispas.

Quienes consideren que la resolución les perjudica de forma directa pueden presentar un recurso de alzada ante el Director General de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112 en el plazo de un mes. Este recurso, no obstante, no paraliza la aplicación inmediata de las medidas.

Llamada a la responsabilidad

Desde las autoridades se recuerda que la prevención es la herramienta más eficaz para evitar incendios forestales. En este contexto, se apela a la colaboración ciudadana para respetar las prohibiciones y para alertar de inmediato al 112 ante cualquier indicio de humo o fuego.

La experiencia de veranos anteriores demuestra que una chispa, una máquina mal usada o un simple cohete pueden desencadenar un incendio devastador en cuestión de minutos. Por ello, el cumplimiento de la resolución no solo es una obligación legal, sino un acto de compromiso colectivo con la protección del patrimonio natural y la seguridad de todos.

Angel Sánchez Carbonell
Angel Sánchez Carbonell
Ángel Sánchez Carbonell - Director de Crónica Norte. Desde hace 37 años dedicado profesionalmente a la información y entretenimiento (TVE, Onda Cero, Tele Cinco, COPE...) Pero ante todo: un enamorado de la geografía de la península Ibérica. Montañero y apasionado por la enología y el mundo del vino, Miembro de la Unión Española de Catadores. Cuando la vida me lo permite señalizo caminos naturales como Técnico de Senderos de la Escuela Española de Alta Montaña. (EEAM) Pero sobre todo me pierdo por ellos...

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