La DGT estrena nueva señal para los polémicos «Foto Rojo»: Una medida en medio de la controversia jurídica

La Dirección General de Tráfico ha puesto en marcha una nueva señal de tráfico, identificada como S-991c, que ya se está instalando en distintas ciudades españolas para advertir de la presencia de cámaras en semáforos. Esta medida llega en pleno debate sobre la legalidad de los sistemas «foto rojo», que durante más de una década han generado centenares de anulaciones judiciales, múltiples sentencias del Tribunal Supremo declarándolos ilegales y casos polémicos como el de Algete, donde más de 2.000 multas fueron finalmente retiradas tras las protestas vecinales.

¿Qué significa la nueva señal?

El pictograma muestra un semáforo en rojo acompañado de ondas de radar y diferentes vehículos, simbolizando que la vía está vigilada electrónicamente. Su colocación se realiza justo antes del cruce, a unos metros de la línea de detención, para que el conductor sea consciente de que circula por una zona bajo control.

Según datos de la propia DGT, actualmente en España hay más de 500 cámaras de este tipo instaladas en semáforos, principalmente en grandes ciudades como Madrid y Barcelona, donde paradójicamente se han concentrado también la mayoría de las anulaciones judiciales por irregularidades técnicas y procedimentales.

¿Cómo funciona el sistema?

El mecanismo de control se activa en el instante en que el semáforo cambia a rojo. Dos cámaras registran el paso del vehículo: la primera cuando cruza la línea de detención y la segunda cuando ya ha rebasado el cruce. Si en ambas imágenes se aprecia que el semáforo estaba en fase no permisiva, la denuncia se considera válida y se tramita automáticamente.

En cuanto al semáforo en ámbar, la normativa lo considera una fase de precaución: no es sancionable si se cruza en ese momento, siempre que la maniobra no implique un riesgo para la seguridad. Sin embargo, si el conductor acelera de manera brusca o temeraria para evitar la luz roja, un agente podría imponer una sanción distinta por conducción negligente.

Saltarse el rojo sí acarrea la sanción directa de 200 euros y la pérdida de cuatro puntos del permiso, notificada posteriormente por carta e ilustrada con la correspondiente fotografía.

Una medida controvertida con precedentes judiciales adversos

Esta nueva señalización de la DGT llega en un momento especialmente delicado para los sistemas foto rojo, tras años de controversias que han marcado su implementación en España.

El precedente del Tribunal Supremo

Las sentencias del Tribunal Supremo de 2015 y 2017 establecieron jurisprudencia clara sobre la ilegalidad de estos dispositivos cuando carecen de control metrológico. El alto tribunal determinó que los foto rojo sí realizan mediciones del tiempo en fase roja y de intensidades lumínicas, por lo que deben estar sometidos a verificación técnica para tener validez probatoria.

El caso emblemático de Algete

El municipio madrileño de Algete se convirtió en el símbolo de esta controversia cuando, tras instalar cuatro semáforos foto rojo en noviembre de 2022, se generaron más de 2.000 sanciones que finalmente fueron retiradas. Los vecinos denunciaron múltiples irregularidades:

  • Tiempos insuficientes: semáforos que pasaban de verde a rojo en apenas 2-3 segundos
  • Deficiencias en la señalización y notificaciones con errores
  • Falta total de control metrológico de los dispositivos
  • Averías constantes en el funcionamiento

El alcalde Fernando Romo terminó comprometiéndose a desinstalar el sistema en diciembre de 2023 y proceder a la devolución del dinero recaudado.

Madrid: epicentro de las anulaciones

La capital ha instalado 44 intersecciones con foto rojo desde 2009, imponiendo más de 74.000 multas por valor de casi 15 millones de euros entre 2020 y 2022. Sin embargo, los juzgados madrileños han anulado centenares de multas por falta de nitidez en las fotografías, incumplimiento de normativas técnicas y ausencia de control metrológico.

La doctrina jurídica consolidada

Automovilistas Europeos Asociados (AEA) ha documentado más de un centenar de resoluciones judiciales que han anulado sanciones de foto rojo. Casos emblemáticos incluyen:

  • San Sebastián retiró voluntariamente sus dispositivos en 2015 tras la primera sentencia del Supremo
  • Catarroja (Valencia) vio confirmada la anulación de sus multas en 2017
  • Bilbao ha tenido múltiples sentencias anulatorias por falta de certificación

Las sentencias del Tribunal Supremo: el precedente de San Sebastián

El punto de inflexión en esta controversia llegó con las sentencias del Tribunal Supremo de 2015 y 2017, que establecieron jurisprudencia sobre la ilegalidad de estos sistemas. La primera sentencia histórica fue la del 12 de noviembre de 2015, en respuesta a un recurso del Ayuntamiento de San Sebastián.

El alto tribunal determinó que los dispositivos foto rojo sí realizan mediciones, concretamente de «el lapso de tiempo en que está el semáforo en fase roja» y de intensidades lumínicas. Por tanto, según la normativa de metrología, estos dispositivos deben estar sometidos a control metrológico para que sus fotografías tengan validez probatoria.

Como consecuencia directa, el Ayuntamiento de San Sebastián retiró sus dispositivos foto rojo en 2015, convirtiéndose en el primer consistorio en acatar la doctrina del Tribunal Supremo.

El caso de Catarroja (Valencia): confirmación de la doctrina

En 2017, el Tribunal Supremo ratificó su posición con el caso del Ayuntamiento de Catarroja (Valencia). La Sala Tercera confirmó la anulación de una sanción de 200 euros y 4 puntos, al inadmitir el recurso del ayuntamiento valenciano que pretendía que se declarase que los dispositivos foto rojo no necesitaban control metrológico.

El fallo estableció definitivamente que «el dispositivo foto rojo empleado por la administración realizaba medición lumínica y a pesar de ello, no estuvo sujeto a control metrológico», consolidando la doctrina sobre su ilegalidad.

Otros casos polémicos en España

Valencia: los «semáforos de las 24.000 multas»

En la mancomunidad de L’Horta Sud (Valencia), que incluye municipios como Catarroja y Picanya, los foto rojo fueron conocidos como «los semáforos de las 24.000 multas» por la cantidad de infracciones registradas en los primeros cuatro meses de funcionamiento en 2015.

A pesar de las sentencias del Tribunal Supremo, un informe jurídico determinó que los ayuntamientos no podían eliminar las cámaras hasta el vencimiento del contrato en 2019, debido a las indemnizaciones que deberían pagar.

Burgos: sentencias contradictorias

El caso de Burgos ilustra la confusión jurídica existente. En junio de 2025, un juzgado cuestionó la validez de las multas por falta de control metrológico, pero el mismo órgano, con diferente magistrada, dictó en julio una sentencia contraria, validando el sistema al considerar que «no realiza medición alguna, se limita a monitorizar».

Barcelona y otras ciudades

Barcelona cuenta con una veintena de dispositivos que rotan por 48 puntos habilitados. También han implementado estos sistemas ciudades como Sevilla, León, Ciudad Real, Logroño y Bilbao.

En Bilbao, un juzgado dictó en 2023 que «las fotografías no constituyen medio de prueba en ausencia del preceptivo control metrológico», anulando una sanción por falta de certificación.

Problemas técnicos y legales persistentes

Control metrológico: el núcleo del debate

El principal argumento legal contra los foto rojo es la ausencia de control metrológico. Según el artículo 83.2 de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial, los dispositivos de medición utilizados para sanciones deben estar sometidos a verificación y comprobación periódica.

Deficiencias en la documentación

Desde 2020, la Orden ICT/155/2020 obliga a que las denuncias incluyan cuatro fotografías que indiquen las distintas fases y su tiempo. Sin embargo, muchos ayuntamientos siguen incumpliendo esta normativa, enviando solo fotografías oscuras y sin definición.

Gestión privada controvertida

Otro aspecto polémico es que muchos consistorios tienen adjudicada la gestión de estos sistemas a empresas privadas mediante un porcentaje de la recaudación, lo que genera dudas sobre el verdadero propósito de seguridad vial versus recaudatorio.

Un futuro incierto

La nueva señal S-991c de la DGT busca mejorar la seguridad vial en intersecciones y reducir la siniestralidad, objetivos loables que nadie cuestiona. Sin embargo, su implementación se produce sobre un sistema cuya legalidad sigue siendo controvertida según la jurisprudencia consolidada.

La medida podría interpretarse como un reconocimiento implícito de los problemas de señalización que han caracterizado muchas instalaciones de foto rojo, uno de los motivos recurrentes en las anulaciones judiciales.

Mientras tanto, muchos ayuntamientos mantienen sus sistemas operativos a pesar de las sentencias adversas, perpetuando un debate que ilustra la tensión entre la innovación tecnológica en el control del tráfico y el respeto a las garantías jurídicas de los ciudadanos.

El reto para las administraciones será implementar estos sistemas garantizando tanto la seguridad vial como la seguridad jurídica, un equilibrio que hasta ahora ha resultado esquivo en el controvertido mundo de los semáforos foto rojo españoles.

Angel Sánchez Carbonell
Angel Sánchez Carbonell
Ángel Sánchez Carbonell - Director de Crónica Norte. Desde hace 37 años dedicado profesionalmente a la información y entretenimiento (TVE, Onda Cero, Tele Cinco, COPE...) Pero ante todo: un enamorado de la geografía de la península Ibérica. Montañero y apasionado por la enología y el mundo del vino, Miembro de la Unión Española de Catadores. Cuando la vida me lo permite señalizo caminos naturales como Técnico de Senderos de la Escuela Española de Alta Montaña. (EEAM) Pero sobre todo me pierdo por ellos...

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