No se hará la vista gorda en las fistas de Sanse con el botellón

Desde el Ayuntamiento de la localidad, en colaboración con la Policía, han organizado un operativo especial para vigilar que se cumpla la normativa legal que prohíbe, desde 2002 el consumo de bebidas en los espacios públicos

El Ayuntamiento de Sanse irá tras los botellones en las calles del municipio. Por lo tanto, se podrá consumir alcohol en los locales autorizados, particularmente las terrazas que cuenten con el permiso municipal. 

Fuera ruidos en Sanse

El Ayuntamiento ha informado que también aplicará la normativa con rigor en lo concerniente al horario de los locales con el objetivo de compatibilizar el desarrollo de una semana con actividades musicales, culturales, sociales y participativas de diverso tipo, enfocadas hacia el público familiar y el divertimento de los diversos colectivos, con el respeto y el descanso de la ciudadanía.

El vicealcalde delegado de Festejos, Miguel Ángel Martín Perdiguero (Cs), ha anunciado que “de este modo, desde el Gobierno municipal, se reforzarán los controles policiales y vigilaremos que los cierres de establecimientos se cumplan en función de la normativa regional”.

Prohibidos los botellones

consumir bebidas alcohólicas en la vía pública es ilegal; aunque son las propias autonomías las que deciden el tipo de sanciones a imponer. La única excepción a esta norma es en ocasiones puntuales como las fiestas populares, en las que sí hay cierta flexibilidad para que los vecinos beban en la calle, y que se trate de terrazas, veladores y espacios dedicados al ocio expresamente habilitados para ello. 

Sin embargo, en el caso de los menores de edad la ley es más rígida. Según recoge la Ley 5/2018, de 3 de mayo, publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE), está prohibida «cualquier forma de suministro, gratuita o no, de bebidas alcohólicas» a quienes tengan menos de 18 años.

Las sanciones por botellón suelen ser de 500 euros, en el caso de menores de edad, y a partir de 600 euros para los mayores de 18 años. Por lo general, la Policía Local denuncia a todos los reunidos, sin comprobar si están ingiriendo alcohol o no, o por el simple hecho de acompañar a otros. Lo más habitual en Madrid es que la sanción se tramite por la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección seguridad ciudadana (artículo 37.17, infracción leve de 100 a 600 euros).

Pero «si la persona infractora hubiera sido sancionada con sentencia firme en vía administrativa en los seis meses anteriores, la multa se elevará en 500 euros por cada una de las reincidencias», según aclaran desde la consultoría. En el caso de que, además, se esté haciendo botellón sin llevar mascarilla, la multa asciende a 100 euros y por hacer reuniones de más de seis personas pueden ser de hasta 3.000 euros;no respetar el estado de alarma y las restricciones de movilidad en los lugares donde se aplican, así como realizar alguna actividad que suponga un peligro para la salud pública puede multarse hasta con 600.000 euros en los casos más graves.

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